Ocho ejecuciones extrajudiciales que no quedan impunes


Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, durante la audiencia del caso ‘González y otros’ del 2 de septiembre del 2015.

Quito, 20 de septiembre del 2015.- Las conclusiones de los informes periciales, así como los testimonios de testigos presenciales, comprobaron que el policía Mario C. ejecutó extrajudicialmente a una persona y que el policía Aurelio Ch. modificó la escena del crimen ocurrido en una sucursal de la farmacia ‘Fybeca’.

El objetivo fue disfrazar de «tiroteo entre policías y delincuentes» a las ejecuciones extrajudiciales de ocho personas sucedidas en la ciudadela La Alborada’, en el norte de Guayaquil, cuando 20 policías realizaron un operativo en esa farmacia, el 19 de noviembre del 2003.

Así lo demostró Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, ante el Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia, durante el juicio contra dos policías en el caso ‘González y otros’, desarrollado entre el 2 y el 4 de septiembre del 2015.

El Fiscal General acusó y comprobó que Mario C., con su arma entregada en dotación, ejecutó a José Cañar con cuatro disparos realizados por la espalda, contra el piso y a corta distancia, por lo que recibió 16 años de prisión. La víctima estuvo en los exteriores de la farmacia, desarmada, según demostraron las investigaciones.

Respecto al policía Aurelio Ch., la Fiscalía demostró en juicio que participó en la manipulación de la escena de los hechos y en la desaparición del video de seguridad de la farmacia. Él fue sentenciado como encubridor, pero en aplicación del principio de favorabilidad no cumplirá los dos años de cárcel que le fueron impuestos.

Sin embargo, en su voto salvado, la jueza Gladys Terán argumentó que el encubrimiento no ha desaparecido del Código Orgánico Integral Penal, sino que ahora se trata de un delito autónomo previsto en su artículo 272 y por tanto, en su criterio, esta persona sí debía cumplir la pena.   

El operativo policial se ejecutó entre las 07:00 y 07:20 del 19 de noviembre del 2003, y los policías, al mando del mayor Eduardo G., manejaron la escena de los hechos hasta la llegada del equipo de Criminalística, cerca de las 08:00. Es decir, tuvieron control completo del lugar por casi 40 minutos.

Cada persona recibió en promedio cuatro disparos de arma de fuego. No obstante, las pericias hechas por expertos venezolanos demostraron que no fue proporcional el número de vainas encontradas «debido al principio lógico que permite asegurar que las estructuras metálicas, no desaparecen solas». Fueron 25 armas policiales las que se dispararon ese día.

Van 13 sentenciados, de 18 llamados a juicio


Audiencia del caso ‘González y otros’ del 4 de septiembre del 2015.

Los dos sentenciados, que estuvieron prófugos, son parte de las 18 personas, entre policías y civiles, que fueron llamados a juicio en julio del 2014.

Este segundo juicio en caso ‘González y otros’ se realiza 10 meses después de haberse dictado sentencia contra 11 personas, cinco de ellas a 16 años de prisión como autores y otras cinco a 2 años como encubridores, pero beneficiados por el principio de favorabilidad. También se confirmó una inocencia.

Ahora se espera la notificación por escrito del Tribunal de la Corte Nacional de Justicia sobre la sentencia dictada en la segunda audiencia de juicio. En esta notificación también se conocerá sobre la reparación a las víctimas que deberá cumplir el Estado ecuatoriano.

La cosa juzgada

La sentencia del 2014 calificó de ‘indebido’ el que una Corte Policial en 2004 haya actuado como juez y parte en la investigación de lo sucedido en la farmacia.

Esa Corte concluyó que hubo delitos de función (mal procedimiento policial y uso irracional de la fuerza y de las armas) y los sobreseyó del caso. ¿Y las 8 ejecuciones extrajudiciales? Pues no las investigaron.

En tanto, el Tribunal del 2015, en su sentencia, declaró que existe cosa juzgada fraudulenta, que los hechos producidos en el interior de la farmacia no constituyen de ninguna manera delitos de función sino graves violaciones a los Derechos Humanos.

“La cosa juzgada no es un derecho absoluto, esta se relativiza cuando se verifica que los procesos penales se adelantaron en favor de la impunidad, encubriendo delitos y ocultando la verdad. Los Estados deben superar todos los obstáculos de hecho y de derecho para castigar las violaciones a los DD.HH.”, sentenció el Tribunal del 2014. Por lo tanto la Fiscalía demostró que no existe doble juzgamiento.

Los prófugos

El mayor de Policía, René G., que dirigió este operativo policial y que está llamado a juicio, se encuentra prófugo en Estados Unidos. En Ecuador se espera su extradición. Otros cuatro policías llamados a juicio también están prófugos, entre ellos, el acusado por la muerte del cliente y del pastor evangélico.