Máxima sentencia por el femicidio de su exconviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 915-DC-2021

Máxima sentencia por el femicidio de su exconviviente

Zamora (Zamora Chinchipe), 01 de octubre de 2021.- Tribunal de Garantías Penales de Zamora Chinchipe sentenció a José Polibio M. M. a treinta y cuatro años y ocho meses de pena privativa de libertad, luego de que Fiscalía demostrara su responsabilidad en el delito de femicidio, perpetrado contra su exconviviente.

Los hechos se registraron en febrero de 2021, en la parroquia Timbara del cantón Zamora: el ya sentenciado mató a su exconviviente y madre de cuatro hijos en común, todos menores de edad.

Durante su convivencia, José Polibio M. M. mantuvo una relación de constante violencia y agresión con su pareja, una mujer de origen Shuar. Por esta razón, ella huyó de su hogar y se negó a regresar con él, pese a las amenazas e intimidaciones que recibía.

El 7 de febrero, el victimario –aprovechando que ella sufragaría en Timbara– la convenció para que vaya a ver a sus hijos en Tunanza Alto. Ella aceptó, pero al retornar caminando del sitio, él la alcanzó y la convenció de movilizarse juntos en una moto de propiedad de su hermano para llevarla hasta Timbara.

Sin embargo, el agresor se desvió de la ruta y la llevó a un paraje lleno de vegetación donde acabó con su vida. Luego ocultó su cuerpo entre la maleza y salió del sitio para devolverle la moto a su hermano.

Más tarde regresó a cavar una fosa, desnudar el cuerpo de la víctima y enterrarla, llevándose su ropa, que incineró en una hornilla de su casa.
La familia de la mujer comenzó a buscarla. Días más tarde, los hermanos de José Polibio M. M. –que conocían de un antecedente de violencia con una pareja anterior– buscaron en varios sitios hasta que dieron con el cadáver de la mujer.

El fiscal Édgar Silva Zúñiga presentó como pruebas ante el Tribunal: los testimonios de personas allegadas a la pareja que conocieron la situación de violencia en el hogar, del hermano del sentenciado y dueño de la moto en la que se trasladó la pareja antes del crimen, de las personas que los vieron el día en que se perpetró el crimen.

Además, los informes de peritos que efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos, la inspección técnica ocular, el reconocimiento de la motocicleta, entre otros.

También, los informes del levantamiento del cadáver, de la autopsia médico-legal, de los análisis a la tierra recolectada para establecer coincidencias con la encontrada en una pala hallada en el domicilio del sentenciado. A estos se sumó el informe técnico psicológico practicado a los padres de la víctima y el informe técnico de audio y video efectuado al celular de la madre de la víctima (que la mujer solía usar, pues no tenía celular personal), donde se encontraron los mensajes entre el sentenciado y si expareja.

Con base en esas pruebas, los magistrados dispusieron el pago de 20.000 dólares como reparación integral y tratamiento psicológico para los padres de la víctima.

Información jurídica

José Polibio M. M. fue procesado según el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), junto con los agravantes establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 142, del mismo cuerpo legal.

 

 

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