Máxima pena por el asesinato de una persona
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 918-DC-2022
Máxima pena por el asesinato de una persona
Chone (Manabí), 08 de diciembre de 2022.- Concluida la audiencia de juzgamiento, un Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia de treinta y cuatro años con ocho meses de pena privativa de libertad en contra de Wilson M. (autor) y Jefferson R. (coautor) del asesinato de una persona, el 24 de diciembre de 2021. Además, se declaró culpable, en calidad de cómplice, a Juan B., quien recibió una condena de doce años.
Los magistrados señalaron que también deberán cumplir, proporcionalmente, con una reparación integral a la víctima, monto que será determinado e informado en la sentencia escrita.
El hecho investigado por la Fiscalía General del Estado ocurrió el mediodía del 24 de diciembre de 2021, en la parroquia Boyacá, del cantón Chone. En esa localidad, la víctima se encontraba realizando deporte cuando llegaron dos hombres en una motocicleta y uno de ellos le disparó en varias ocasiones, causándole la muerte de forma inmediata.
Reportado el suceso, agentes de la Policía Nacional realizaron una búsqueda de los atacantes, con base en las características físicas reportadas por los testigos. Poco tiempo después, en el sector conocido como Badeal, se encontró abandonada la motocicleta y el arma de fuego utilizada en el asesinato.
No obstante, pocas horas más tarde fueron localizados tratando de huir en un automóvil. Ahí fueron detenidos tres sospechosos, quienes fueron procesados como presuntos responsables del crimen.
En la audiencia de juicio, el fiscal del caso, para confirmar la participación de los hoy sentenciados en el crimen, presentó ante el Tribunal gran cantidad de pruebas recabadas durante la investigación, entre ellas destaca el informe de levantamiento del cadáver y la autopsia, que fue cotejado con las versiones y testimonios de varias personas que presenciaron el hecho.
Además, se presentó el informe investigativo y el de reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de evidencias. Todos los elementos permitieron confirmar la teoría del caso y establecer el grado de responsabilidad de cada uno de los procesados.
Información jurídica:
La sanción fue impuesta con base en lo tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), tomando en cuenta las agravantes del artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal.
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