Máxima pena para femicida de una joven en Durán

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 762-DC-2019

Máxima pena para femicida de una joven en Durán

Fiscalía obtuvo sentencia de treinta y cuatro años y seis meses, tras comprobar que asesinó e incineró a la joven mujer, en un botadero de basura.

Durán (Guayas), 17 de diciembre de 2019.- Los medios probatorios aportados por Fiscalía permitieron determinar la responsabilidad penal de Felipe Santiago O. V., en la muerte de Melanie María C. Ll., de 19 años, cuyos restos fueron hallados calcinados en un terreno baldío, el 19 de junio de 2019, en la cooperativa Los Rosales, del cantón Durán.

Esa mañana, los moradores del sector encontraron a la víctima carbonizada entre los matorrales, por lo que dieron alerta a la central del ECU 9-1-1. Personal policial tomó procedimiento en el lugar y empezó con la búsqueda del sujeto que aparecía en los videos de las cámaras de seguridad trasladando un colchón y un bulto hacia ese sitio, con la finalidad de desaparecer el cadáver.

El sospechoso, de 44 años, fue aprehendido cerca del lugar de los hechos. Según la investigación del fiscal Santo Ardila Zambrano, la relación entre ambos se habría motivado por el suministro y consumo de sustancias sujetas a fiscalización.

En la audiencia de juzgamiento de este lunes 16 de diciembre, el Fiscal presentó ante los jueces Fabián Mármol, Abraham Cheing y Manuel Armas, ocho pruebas testimoniales: de los agentes investigadores, médicos peritos, denunciantes (familiares) y una conocida de los involucrados, cuya comparecencia fue determinante para comprobar la responsabilidad penal del procesado.

El Tribunal también acogió la prueba documental: el protocolo de autopsia, el parte policial, el informe investigativo, videos de seguridad, reconocimiento del lugar de los hechos y el acta de evidencias. Tras haber motivado su resolución, los jueces dictaron contra Felipe Santiago O. V., una pena privativa de libertad de treinta y cuatro años y seis meses, una multa de 1.333 salarios básicos (525.202 dólares) y el pago de una reparación integral de 20.000 dólares, a favor de los familiares de la víctima.

Dato jurídico

Este caso se sentenció según lo dispuesto en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de femicidio con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, sumado a las agravantes de este tipo penal, establecidas en el artículo 142, numerales 2 y 4, que se refieren a la existencia de una relación que implica confianza, subordinación y a exponer el cuerpo de la víctima en un lugar público.

 

 

 

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