La devolución de los vehículos accidentados toma hasta 72 horas

Guayaquil, 4 de noviembre del 2014.- El 8 de octubre pasado, a eso de las 12:00, Daniel Aspiazu, de 25 años, salía del Servicio de Atención Integral-Tránsito (SAI-T), con la orden de devolución de su automóvil.

Su automotor había sido retenido por agentes de tránsito la tarde del 6 de octubre, tras una colisión que sufriera contra una baranda de la avenida Terminal Terrestre-Pascuales. El conductor relató que se vio obligado a realizar una maniobra para no chocar contra otro vehículo que lo rebasó a gran velocidad invadiendo bruscamente el carril.

En menos de 72 horas, Aspiazu tuvo de vuelta su automóvil. Ese tiempo es el estimado en que un usuario tarda en tramitar la devolución de su vehículo, cuando este ha sido retenido tras verse implicado en una contravención o infracción de tránsito.

Hasta octubre del 2014, el SAI-T sumaba más de 300 devoluciones. Así lo informó el coordinador de esa Unidad en Guayas, Nelson Macías. Indicó que, a partir de la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se han incrementado las solicitudes de devolución de vehículos. Esta norma legal, en su capítulo octavo, dispone la retención de los automotores ante cualquier suceso.

El fiscal Efrén Cueva indicó que los usuarios deben presentar documentos mediante los cuales demuestren ser propietarios del vehículo retenido. Entre esos requisitos constan la matrícula, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), la cédula de identidad y el avalúo de daños materiales con sus respectivas facturas de pago.

Al respecto, Aspiazu contó que, efectivamente, inició su trámite con la presentación de esos documentos adjuntos a la solicitud de devolución de su vehículo.  De inmediato, el fiscal generó la orden de avalúo que fue remitida a la Oficina de Investigación de Accidentes de Tránsito (OIAT), donde uno de sus elementos se encargó de realizar el peritaje.

Los daños materiales fueron fijados en 80 dólares, valor que fue cancelado enseguida en el Municipio, ya que se trató de un bien público. Aspiazu resaltó que su trámite lo realizó exactamente en dos días. No obstante, su caso fue remitido a un juez de contravenciones para que lo sustancie e imponga las sanciones pertinentes.

Macías resaltó que el tiempo en que se concrete la devolución de un vehículo depende mucho de lo diligente y puntual que pueda ser el usuario con los requisitos y el procedimiento.

Explicó, además, que cuando se registran daños materiales, es importante señalar el costo de la reparación mediante el avalúo de los peritos, el costo de reparación. Si sobrepasa los dos salarios básicos unificados (680 dólares), el siniestro se convierte en un delito y la causa debe ser sustanciada por uno de los cinco fiscales de Tránsito.

Si el daño material es menor a esa cuantía, como sucedió con Daniel Aspiazu, se trataría de una contravención. En ese caso, la Fiscalía no interviene, y en su lugar el expediente es remitido a los juzgados de contravenciones para que avoquen conocimiento.

En los patios de retención vehicular, situados a un costado de la avenida Juan Tanca Marengo, norte de Guayaquil, todos los días hay usuarios realizando el respectivo trámite de recuperación de sus automotores.

Como es el caso de Lucila Salazar, quien admitió haber tardado más de tres días para que le devuelvan su carro, debido a la falta de documentación.

“El trámite realizado en la Fiscalía del Guayas, para iniciar la devolución de mi automotor, demoró un poco más de tres días. Lamentablemente la falta de cierta documentación personal que tenía que presentar retardó la tramitación. Pero una vez que obtuve mis documentos, el trámite fluyó con más facilidad”, manifestó.

    

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Carlos Murillo tardó un poco más a causa de papeles relacionados con el cambio de propietario del vehículo que adquirió hace unos meses y que debía presentar, lo que confirma que la agilidad de la devolución depende del usuario.

“Sufrí un accidente de tránsito hace cuatro días, con daños cuantiosos a mi automotor. En la Unidad de Tránsito de la Fiscalía, la atención fue rápida, pero la falta de documentación personal retardó el retiro de mi vehículo”, manifestó Murillo.

Agregó que el proceso en Fiscalía demoró tres días. Se adicionó una hora más en la Comisión de Tránsito por la certificación de propiedad del dueño del automotor. “En ambas instituciones se han bajado los tiempos en los trámites, pero esta es necesaria para seguridad inclusive del usuario”.

Cueva agregó que la situación es similar cuando se producen lesiones como consecuencia de un accidente de tránsito. En este caso se dispone a un perito médico de la OIAT, acreditado por el Consejo de la Judicatura, que realice la valoración y señale técnicamente los días de incapacidad física.

En lesiones menores a 30 días, la Fiscalía no interviene, aunque sí brinda el servicio oportuno en primera instancia, como es la recepción de la denuncia y diligencias previas.

Los afectados deben iniciar, a través de una acusación particular, una acción penal   privada ante un juez de garantías penales. Esto con base en los artículos 152 y 379, en concordancia con el artículo 415 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

No obstante, si las lesiones pasan de 31 días es un delito de acción pública y la Fiscalía debe continuar con el procedimiento de rigor, mediante sorteo, para que un fiscal gestione las medidas cautelares correspondientes.

Toda persona que resulte lesionada en un accidente de tránsito, así haya sido el causante del siniestro, tiene derecho a ser asistido inmediatamente por todas las instituciones hospitalarias, enfatizó el funcionario.

Marco Lastra, fiscal de tránsito de Pichincha, aseveró que existe  72 horas para la devolución de vehículos, pero es necesario cumplir con varias exigencias.

Tras el accidente, la Agencia de Tránsito envía el parte policial con los detalles del siniestro a la Fiscalía. El propietario, junto con su abogado, tramita la pericia mecánica. El fiscal ordena la salida del carro y finalmente el usuario puede llevarse a casa su vehículo. Todo puede tardar ocho días laborables.

El fiscal del caso estará obligado, apenas tome contacto con el bien, a ordenar la pericia. Es decir, levantar la información que se requiera del automotor. Además, solicita que se nombre un perito para que elabore un informe sobre las condiciones del vehículo, en caso de que este haya sido utilizado para cometer algún delito y cuando aparezca el propietario sea entregado.

El sistema de firmas electrónicas ha permitido ahorrar el tiempo de entrega. El perito del SIAT ingresa el vehículo e inmediatamente se hace el peritaje y se envía el informe vía correo a cada unidad de Tránsito. 

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Para vehículos denunciados por robo

En los trámites para la devolución de los vehículos denunciados como robados y que se encuentran retenidos en los patios de retención vehicular intervienen  varios operadores de justicia y las disposiciones son de cumplimiento obligatorio.

En este caso, el trámite demora un poco más por la documentación requerida. Por eso se espera que en los próximos días se tenga listo el convenio de ejecución rápida, en el que se establece mayor agilidad en los trámites en las diferentes instituciones.

La diligencia empieza con la denuncia ante la Fiscalía y se  inician las tareas de inteligencia en busca del vehículo.

Con base en la información otorgada por el propietario como el lugar y fecha del robo, además de detalles del automotor, los agentes de la Policía Judicial inician las indagaciones.

En el 2013, la Fiscalía atendió 2.387 denuncias relacionadas con la sustracción total de vehículos.

Datos:

-En el SAI-T, los funcionarios receptan las denuncias y disponen las diligencias previas.

-En el edificio Fénix, en las calles Pedro Carbo y Aguirre (centro de Guayaquil), atienden dos agentes de tránsito en la oficina de enlace y en el primer piso alto elementos de la OIAT.

-En estas instalaciones trabajan cinco fiscales sustanciadores, dos fiscales de atención al público y un fiscal de descongestión de casos.

-Entre enero y septiembre del 2014 se devolvieron 302 automotores.