Juez negó solicitud de suspensión condicional de pena en caso 30S

Ibarra, 20 de noviembre del 2014.- Por pedido de la Fiscalía, la jueza  del Tribunal  de Garantías Penales de Imbabura, María Dolores Echeverría, rechazó la  solicitud de suspensión condicional de la pena presentada por Mario T., autor del delito de paralización de servicios públicos, durante los hechos ocurridos el 30 de septiembre de 2010, (30S).
El fiscal Edgar Pacheco indicó que la solicitud fue negada en virtud de que el ciudadano ya fue beneficiado de una suspensión condicional por otra causa penal en el año 2012.
El día viernes 7 de noviembre del 2014, la juez María Dolores Echeverría,  en la resolución  oral manifestó que se comprobó la responsabilidad penal de Mario T., quien deberá cumplir una pena de 1 año de prisión, por paralizar servicios públicos durante los hechos suscitados el 30S.
Según la Fiscalía, el 30S, el procesado habría ordenado al personal policial  ingresar al Comando de Ibarra, para apoyar la sublevación.
Datos:
La sentencia por escrito será notificada en los próximos días a las partes procesales.
El delito de paralización de servicios públicos está tipificado en el Art. 346 del Código Integral Penal  (COIP), el cual estipula una sanción que va de 1 a 3 años de pena privativa de libertad.