Inició juicio por presunto uso doloso de documento falso

Quito, 31 de octubre del 2014.-  En el Tribunal Octavo de Garantías Penales de Pichincha inició la audiencia de juiciocontra dos personas por su presunta participación en el uso doloso de documento falso, que habrían entregado en el momento de ofrecer cobertura de seguro a dos hidroeléctricas del país. Los hechos ocurrieron en el periodo de junio a septiembre del 2013.

Los procesados  Alexandra J.,y Fernando M., serían quienes  al ser parte de una empresa, habrían falsificado cinco cartas de reaseguradoras de Londres para ganar un concurso y asegurar las hidroeléctricas Hidropaute y Agoyán.

El fiscal Fabián  Almeida, en la exposición de la teoría del caso indicó que existen graves indicios de responsabilidad penaldebido a que los procesados tuvieron participación en las negociaciones que culminaron con la adjudicación del contrato de seguros, que dejó a dos hidroeléctricas sin cobertura de seguro por dos meses. 

El fiscal aclaró que en las investigaciones realizadas, la empresa de seguros extranjera habría entregado informes negando la autenticidad de los documentos e indicando que ninguno de los funcionarios firmó dichas cartas de respaldos económicos.

El fiscal Almeida explicó que los procesados dieron las directrices sobre cómo negociar con las empresas intermediarias que ofertaban los servicios de seguros. Por ende fueron quienes, vía correo electrónico, remitieron los documentos sin respaldo para que sean entregados ante la empresa estatal.

Según el informe de la Contraloría General del Estado y la Intendencia de Seguros Privados, la empresa no tenía autorización para amparar los bienes de la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec-EP), de manera específica a las hidroeléctricas Paute y Agoyán, las mismas que habrían sido perjudicadas por dos meses sin cobertura de seguro.

La audiencia continuará el martes 4 de noviembre del presente año.

Datos:

El delito de uso doloso de documento privado falso se encuentra tipificado y sancionado por el Art. 340 y 341 del Código Penal y  contempla una pena de uno a cinco años.