Fiscalía y jueces analizan el Estatuto de creación de una Corte Penal Suramericana

Boletin unasur 3-4-2016

 

Quito, 1 de abril de 2016.- Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, abrió espacio para que los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) presenten sus observaciones y sugerencias a la propuesta de Estatuto de creación de la Corte Penal para la Unión de Naciones Suramericanos (Unasur).

Para el Fiscal General, el análisis de los jueces fortalece el proyecto que tiene el objetivo de judicializar, al menos, 13 delitos como resultado de la delincuencia organizada transnacional en los que están el narcotráfico, lavado de activos, trata de personas, tráfico de armas, etc.

Con la presencia de Carlos Ramírez, presidente de la CNJ, y 8 jueces más, se discutieron entre otros aspectos como la jurisdicción, competencia y conformación de una eventual Corte Penal para los 12 países suramericanos.

En este sentido, la Corte ejercerá su jurisdicción penal regional sobre personas naturales y jurídicas. Se aclara que este organismo no juzgará delitos contra ningún Estado ni persona jurídica de derecho público.

Según el borrador del proyecto, la Corte tendrá competencia con los delitos cometidos una vez que entre en vigor el Estatuto. También se precisa que la Corte será complementaria de las jurisdicciones penales nacionales.

Para combatir la delincuencia transnacional se establece la cooperación penal internacional de los entes de investigación policial, ministerios públicos, fiscalías y procuradurías de los países integrantes.

Esta iniciativa también ha sido debatida en escenarios internacionales, en los cuales el Fiscal General de Ecuador ha insistido que la Corte Penal Suramericana se convertirá en una herramienta que permitirá la integración regional y la lucha contra la delincuencia organizada.

El Fiscal General aspira cerrar los debates dentro del primer semestre del año en curso y presentar un documento al Presidente de la República, Rafael Correa, quien finalmente deberá proponerlo a sus homólogos de la Unasur para la aprobación.

Dato:

Según el Art. 14, e entenderá como delincuencia transnacional, la comisión ilícita que trasciende las fronteras y límites territoriales, y que se cometa en más de un Estado.

 

 Bole 3-4-2016