Fiscalía solicitó a la Corte Nacional de Justicia fijar nueva fecha para audiencia de juicio en caso ‘Vaca, Cajas, Jarrín’

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Ante la ausencia de un procesado por enfermedad, la jueza Sylvia Sánchez decidió que no se instale la audiencia de juicio por lesa humanidad.

Quito, 03 de enero de 2017.- El fiscal General del Estado, Galo Chiriboga Zambrano, pidió a la Corte Nacional del Justicia (CNJ) fijar nueva fecha para la audiencia de juicio en el caso ‘Vaca, Cajas Jarrín’. La diligencia debía realizarse el 23 de diciembre pasado pero que se aplazó por disposición de la jueza a Sylvia Sánchez y a petición de tres de los procesados.

Este caso es el primero que se judicializa en Ecuador por detenciones ilegales, torturas, violencia sexual y desaparición forzada en el contexto de crímenes de lesa humanidad. Están llamadas a juicio ocho personas: 7 exintegrantes del Ejército y un expolicía. De los llamados a juzgamiento, tres se encuentran prófugos.

El aplazamiento de la audiencia fijada para el 23 de diciembre pasado es el segundo que se registra dentro de este caso relacionado con delitos de lesa humanidad. Anteriormente, la CNJ estableció para el 9 de noviembre de 2015 y tampoco se instaló.

El 28 de diciembre de 2016,  en un escrito dirigido a los jueces nacionales de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la CNJ, Sylvia Sánchez, Jorge Blum y Miguel Jurado, el fiscal Chiriboga solicitó se fije nueva fecha debido a que “ha transcurrido más de un año a partir de la primera ocasión que se convocó a la audiencia oral pública de juicio”.

Chiriboga Zambrano subrayó que “ha pasado un tiempo demasiado extenso para la realización de dicha audiencia, lo cual vulnera el principio constitucional de celeridad y el derecho a una tutela judicial efectiva, establecida en el artículo 75 de la Constitución”.

En su misiva, el Fiscal General señala que “el Estado Ecuatoriano estará en incumplimiento de sus obligaciones internacionales mientras no se juzgue el crimen de lesa humanidad al que se refiere el presente escrito” y agrega que este tipo de delitos “son considerados como uno de los cuatro crímenes más graves y aberrantes que se pueden perpetrar y que causan mayor conmoción a la comunidad internacional en su conjunto”.

Fidel Jaramillo, director de la Comisión de la Verdad y Derechos Humanos de la Fiscalía General del Estado, manifestó que “estas demoras van en contra del compromiso constitucional de la defensa de los Derechos Humanos. Como Fiscalía esperamos que se establezca lo más pronto la fecha para la audiencia”.

El caso ‘Luis Vaca, Susana Cajas y Francisco Jarrín’, es el primero que se judicializa en Ecuador por un crimen de lesa humanidad. Este caso evidencia que tres integrantes de la agrupación Alfaro Vive Carajo (AVC) fueron detenidos ilegalmente en Esmeraldas en 1985 y, posteriormente, trasladados al Batallón Escuela de Inteligencia Militar (AEIM), ubicado en Conocoto, al sur oriente de Quito, en donde habrían sido torturados, desaparecidos y violentados sexualmente.

Así señaló la Fiscalía durante la formulación de cargos de este caso, las autoridades militares y políticas de la época, conocieron y autorizaron estas acciones pues respondían a una planificación al más alto nivel. Sin embargo, públicamente negaron las violaciones de Derechos Humanos.

Datos:

  • La audiencia de juicio de este caso ha tenido dos aplazamientos. El primer llamado para el juzgamiento se realizó el 9 de noviembre de 2015, el cual fue diferido para el 23 de diciembre de 2016. Sin embargo, la jueza  decidió aplazar la audiencia de juicio y aún no define la nueva fecha.
  • Por 28 años estuvo en la impunidad el caso de “Luis Vaca, Susana Cajas y Francisco Jarrín”, hasta que en 2013 la FGE formuló cargos e inició la instrucción fiscal. El 9 de septiembre de 2014, la Corte Nacional de Justicia rechazó el recurso de apelación y el de nulidad al llamamiento a juicio. 

Crímenes de lesa humanidad

Son aquellos actos (detención ilegal, tortura, desaparición forzada, violencia sexual y ejecución extrajudicial) cometidos por agentes del Estado o terceros con su aprobación, como parte de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil, y con conocimiento –de los perpetradores– sobre la correlación del ataque con un plan estatal. Es decir, los crímenes de lesa humanidad responden a una política de Estado.

Según el Art. 7 del Estatuto de la Corte Penal Internacional: “se entiende por crimen de lesa humanidad cualquiera de los actos siguientes, cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque: a) Asesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación.