Fiscalía procesó a un ciudadano por violación con muerte de una niña


Quito, 29 de septiembre del 2015.- Con señales de haber recibido una golpiza propinada por los vecinos del barrio donde reside, Henry O. entró, con custodia policial, a una de las salas de audiencias de la Unidad de Flagrancia de Pichincha.

En contra de este hombre, de 32 años, la Fiscalía Provincial de Pichincha presentó cargos por, supuestamente, violar a un niña de 3 años, que ahora está muerta por hemorragia aguda interna, según la autopsia médico legal.

El fiscal Luis Sandoval expuso los elementos de convicción ante el juez de la Unidad de Flagrancia Harry Navarrete, respecto a los hechos, sucedidos el 28 de septiembre de 2015, que vinculan al procesado con el delito de violación con resultado de muerte.

La niña jugaba en las canchas cercanas a su domicilio, donde su madre la dejó por un momento. El agresor se llevó a la niña hasta el lugar donde habitaba  para, al parecer, consumar el delito.

Al no encontrar a la niña en las canchas, la madre llamó a las autoridades e iniciaron la búsqueda. Un vecino les informó que la vio entrar con Henry O. a la casa de este y cuando la buscaron allí, encontraron al agresor en delito flagrante,  pues se hallaba con el cuerpo de la víctima tres horas después de su desaparición.  

Henry salió de esa casa con ayuda de la fuerza pública pues la gente del barrio de Puengasí, al enterarse de lo sucedido, intentó lincharlo.

La instrucción fiscal de este caso durará 30 días por ser un delito flagrante. Henry O. está con prisión preventiva dictada por el juez al término de la audiencia de formulación de cargos, realizada el 29 de septiembre en la Unidad de Flagrancia de Pichincha.

Se considera delito flagrante cuando a una persona es sorprendida en la supuesta comisión de un delito o se hallan huellas o elementos relativos a la infracción cometida, según el art. 527 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En estos casos la Fiscalía tiene 24 horas para formular cargos o resolver de otra manera la situación jurídica del detenido.

El delito de violación está tipificado en el art. 171 del COIP y sanciona con pena privativa de libertad de 11 a 22 años. El último inciso del artículo establece que en caso de producirse la muerte de la víctima, la sanción será de 22 a 26 años de pena privativa de libertad.