Fiscalía procesa a presunto responsable del delito de pornografía infantil con niños, niñas y adolescentes
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 205-DC-2023
Fiscalía procesa a presunto responsable del delito de pornografía infantil con niños, niñas y adolescentes
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 205-DC-2023
Quito (Pichincha), 03 de marzo de 2023.- Luis Alfredo V. sería la persona que grabó videos a la hija de su pareja –una adolescente de 14 años– mientras ella se bañaba. El rostro del procesado también aparecería en las imágenes que captaba con su teléfono celular.
Sandra Velasco, fiscal especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti), le formuló cargos por el delito de pornografía con utilización de niñas, niños y adolescentes.
Debido a la gravedad del delito por el que se procesa esta causa, Fiscalía solicitó para Luis Alfredo V. la prisión preventiva, medida cautelar que fue debidamente motivada y aceptada por un Juez de Garantías Penales quien –además– dispuso la prohibición de enajenar bienes y la retención de sus cuentas.
Además, la Fiscal del caso pidió al Juez que se extiendan medidas de protección a favor de la víctima, específicamente la establecida en el artículo 558, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): “prohibición a la persona procesada de realizar actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros”, que también fue aceptada.
La detención del ahora procesado se dio la tarde del 2 de marzo de2023 en el sector de La Comuna, centro de Quito. El operativo se ejecutó en el marco de una investigación previa que inició el 15 de diciembre de 2022.
Entre los elementos de convicción que se presentaron en la audiencia se incluyen: informes, videos y fotografías relacionadas a la presunta conducta delictiva. Además, se expusieron las pericias informática y de reconocimiento del lugar de los hechos, así como versiones que sustentaron la teoría del caso.
Según lo manifestado por la fiscal Velasco, el procesado habría guiado a la adolescente –de 14 años– en cómo tiene que actuar mientras él la grababa cuando se duchaba. La denuncia por estos hechos fue formalizada por la abuela materna de la víctima.
Información jurídica
La instrucción fiscal tendrá una duración de noventa días e inició por el delito tipificado en el artículo 103, incisos primero y tercero, del COIP, que tipifica la pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes: “la persona que fotografíe, filme, grabe, produzca, transmita o edite materiales visuales, audiovisuales, informáticos, electrónicos o de cualquier otro soporte físico o formato que contenga la representación visual de desnudos o semidesnudos reales o simulados de niñas, niños o adolescentes en actitud sexual; será sancionada con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años.
Cuando la persona infractora sea el padre, la madre, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tutor, representante legal, curador o pertenezca al entorno íntimo de la familia; ministro de culto, profesor, maestro, o persona que por su profesión o actividad haya abusado de la víctima, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años”.
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