Fiscalía procesa a María Sol L., y a 5 personas al delito de tráfico de influencias

Fiscalía procesa a María Sol L., y a 5 personas al delito de tráfico de influencias

BOLETÍN DE PRENSA FGE NO. 140-DC-2017

Fiscalía procesa a María Sol L., y a 5 personas al delito de tráfico de influencias

Quito, 01 de septiembre  de 2017.-  Los elementos de convicción presentados por la Fiscalía General del Estado a través del Dr. Juan Tenesaca, fueron acogidos por la Jueza de Garantías Penales, Karen Matamoros, quien dictó la prisión preventiva a 3 ciudadanos (entre ellos la exfuncionaria del IESS María Sol L.). También la prohibición de salida del país, la presentación periódica ante la autoridad competente de las 3 personas restantes; así como, la prohibición de enajenar sus bienes y la retención de las cuentas bancarias de todos los procesados al presunto delito de Tráfico de influencias en contratos de servicios de limpieza en dos casas de salud del país.

Según lo expuesto por la Fiscalía, el delito se habría realizado en 2012 cuando María Sol L., Coordinadora Nacional de Gestión de Unidades Médicas, creó la necesidad sin fundamento para contratar el servicio de limpieza e higienización ambiental para un hospital de Santo Domingo de los Tsáchilas y otro de Babahoyo, justificando que una empresa externa se hiciera cargo para no contratar nuevo personal y ahorrarle dinero a su institución.

Dentro del proceso de contratación existieron dos unidades para el control respectivo, la Comisión Técnica y la Subcomisión, que se asegurarían de que las empresas licitantes cumplieran con todo lo requerido. Sin embargo, en todo el proceso se presentaron anomalías como el cambio de requisitos y la eliminación de algunos de ellos manifestados en los pliegos de contratación, lo que mostraría que se quiso beneficiar a una determinada empresa.

Otro de los elementos presentados fue que sin estudio técnico, María Sol L., mencionó que una vez que la empresa que se hizo cargo del contrato finalice sus actividades, los equipos tecnológicos utilizados pasarían a la institución donde ella laboró, cuyo valor en primera instancia sería de USD 800 mil pero que finalmente y luego de los dos años de contrato, según el informe de peritos especializados en la materia, fue de USD 76 mil lo que muestra que nunca existió tal beneficio.

El valor total del contrato fue de aproximadamente USD. 2.9 millones.

Los demás procesados que formaron parte de la Comisión y Subcomisión, que según las investigaciones realizadas nunca alertaron de las acciones realizadas son: Carlos C., y Raúl N., quienes al igual que María Sol L., cumplirán con la prisión preventiva dictaminada por la Juez. Mientras que a Pablo S., María D., y Bolívar B., se les impuso como medidas cautelares la prohibición de salida del país y la presentación cada 20 días ante la jueza Matamoros.

Datos:

  • El delito de tráfico de influencias está tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal con una pena privativa de libertad de tres a cinco años.
  • La instrucción fiscal durará 90 días tiempo en el que continuarán las investigaciones.
  • Anteriormente, a María Sol L., se le formuló cargos por el presunto delito de enriquecimiento ilícito.

 

 

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