Fiscalía obtiene sentencia de 14 años para procesado por abuso sexual a una niña


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 748-DC-2024

Fiscalía obtiene sentencia de 14 años para procesado por abuso sexual a una niña


Chone (Manabí), 28 de junio de 2024.- Sobre la base de las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales con sede en el cantón Chone dictó sentencia agravada de catorce años y cuatro meses de pena privativa de libertad para Wilmer S. por el delito de abuso sexual cometido contra una niña.


El delito probado por Fiscalía ocurrió en enero de 2021, en una hacienda del sector conocido como “Entrada a la Brava” del cantón El Carmen. En el lugar vivía la agraviada (de 4 años a la fecha de los hechos) junto con sus padres y varias personas más (jornaleros de la hacienda).


Una noche, bajo engaños, el agresor (tío del padre de la víctima) llevó a la niña al cuarto donde dormía y cometió abuso sexual en su contra. La madre descubrió lo ocurrido, pues se hizo presente en el lugar y luego presentó una denuncia a Fiscalía.


Con esa información se inició la investigación correspondiente, que determinó la responsabilidad del denunciado, por lo que se le formularon cargos y posteriormente fue llamado a juicio.


Durante el juzgamiento, el Fiscal del caso presentó como pruebas: los testimonios de los padres de la niña y de otras personas que trabajan en el lugar, los resultados de las pericias psicológica y de trabajo social, que determinaron una afectación a consecuencia de lo ocurrido y que la víctima se encuentra en una situación de vulnerabilidad.


Esas pericias coincidieron con lo narrado por la agraviada en su testimonio anticipado, el cual fue reproducido durante la audiencia.

Sobre la base de esos medios probatorios, Fiscalía solicitó que se imponga una pena con agravantes al agresor, lo cual fue acogido por el Tribunal que conoció la causa.


Información jurídica

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece una pena privativa de libertad de siete a diez años si la víctima es menor de 6 años. En este caso, se aplicó la agravante del artículo 48, numeral 9, del mismo cuerpo legal.

 


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