Fiscalía obtiene sentencia de 13 años y 4 meses en Caso Proinco
BOLETÍN DE PRENSA FGE No.017-DC-2017
Quito, 1 de junio de 2017.- Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía, 3 personas fueron sentenciadas a 13 años y 4 meses por el delito de estafa masiva dentro del caso ‘Proinco’.
Santiago R. fue declarado autor, mientras que María G. y Fernando C. fueron sentenciados como coautores de este delito, tipificado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), numeral 3 en concordancia con el inciso segundo.
Así lo dio a conocer el Tribunal de Garantías Penales, la tarde de este 1 de junio en la reinstalación de la audiencia en la Unidad Judicial Penal Norte, en Quito.
Además, los jueces dispusieron que cada uno de los sentenciados pague una multa de 40 salarios básicos unificados.
Como reparación integral a las víctimas, el Tribunal ordenó el pago del total del perjuicio ocasionado, es decir USD 98 millones, que serán entregados una vez ejecutoriada la sentencia.
Por ello, los sentenciados no podrán enajenar sus bienes y sus cuentas serán retenidas.
Las Pruebas
Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía comprobó que estas personas captaban recursos, a través de tres empresas que no tenían permiso para operar con transacciones financieras.
Esto ocasionó un perjuicio económico a 1.300 personas que depositaron sus recursos a cambio del pago de intereses.
La fiscal María Susana Rodríguez, al exponer la teoría del caso indicó que las empresas Marktradecorp S.A., Mingacorp S.A. y Encaisser S.A. estuvieron domiciliadas en las instalaciones de Proinco Sociedad Financiera.
Estas tres compañías recibieron dinero de los ciudadanos, a través de Acuerdos de Venta de Derechos Fiduciarios, acompañados de pagarés que respaldaban los depósitos, a cambio de intereses que superaban lo establecido por el Banco Central del Ecuador.
La Fiscalía presentó las pruebas que demostraron la culpabilidad de los sentenciados. Entre ellas constan 30 testigos y 7 cajas con documentos
Los perjudicados, funcionarios de las Superintendencias de Bancos y de Compañías dieron sus testimonios, así como los peritos que realizaron las diferentes experticias.
Como prueba documental, la fiscal Rodríguez expuso el informe de la Superintendencia de Bancos. Este certifica que ninguna de las 3 empresas eran instituciones del sistema financiero nacional, por lo que no estaban facultadas para captar dinero a cambio de intereses.
Asimismo, se presentaron informes de la Superintendencia de Compañías que probaron que estas empresas estaban intervenidas, pues presentaban irregularidades administrativas.
También constan los pagarés y los Acuerdos de Venta de Derechos Fiduciarios que contenían las firmas de los 3 sentenciados.
Dato:
Según el COIP, la estafa masiva es sancionada con privación de libertad de 7 a 10 años. Pero en este caso se tomaron en cuenta las agravantes solicitadas por la Fiscalía que son: el delito fue cometido por más de 2 personas y contra un grupo vulnerable (jubilados).