Fiscalía obtiene ratificación de sentencia condenatoria por abuso sexual


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 942-DC-2023

Fiscalía obtiene ratificación de sentencia condenatoria por abuso sexual


Quito (Pichincha), 15 de septiembre de 2023.- Un abogado defensor –en audiencia de apelación– quiso minimizar el hecho delictivo, para desvanecer el estado de culpabilidad de su representado y lograr que se levante la sentencia condenatoria que pesa sobre Iván Fernando P. L.

El hombre, de 51 años, fue condenado –en primera instancia–, a cumplir una pena privativa de libertad de tres años. El Tribunal lo encontró culpable del delito de abuso sexual, cometido a una joven de 18 años, a quien contrató como azafata del bus escolar que conducía.


Como su teoría del caso, el abogado afirmó ante la Sala Penal que su representado solo le dio, en una ocasión, “un golpecito en la espalda” y, después, por el susto de escuchar el escape de una moto, chocó sus manos en el torso de la joven.

Fiscalía, luego de escuchar la intervención del abogado defensor, quien solicitó el recurso de apelación, replicó y destruyó técnicamente este argumento.


Precisó ante los jueces que la víctima, en su testimonio anticipado, relató que Iván Fernando P. L. en reiteradas ocasiones le preguntó si tenía novio o si lo aceptaba como su enamorado. Después le dijo que no buscaba relaciones íntimas, solo alguien que lo “comprenda”. Luego, le mostró videos de contenido sexual explícito y una foto de sus partes íntimas.

Un día, la joven buscaba bajo los asientos, la libreta con las direcciones de los niños, y el hombre la nalgueó. Al día siguiente, la joven estaba enojada y él le dijo lo hizo porque “la quiere” y que le disculpe, sin embargo, volvió a golpearla en los glúteos. Después, tocó sus pechos.


El testimonio de la psicóloga que analizó a la joven, concluyó la veracidad del relato y el grado de estrés postraumático agudo, debido a estos episodios de abuso sexual, que sucedieron el 5 de octubre de 2016.

Los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha ratificaron la sentencia condenatoria: deberá permanecer tres años en prisión, tendrá que pagar una multa de cuatro salarios básicos unificados y, además, entregar 450 dólares a la víctima, como reparación por el daño provocado.


Información jurídica

Abuso sexual, tipificado en el artículo 170, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal, lo comete “la persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecuta sobre ella o le obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal”. La sanción es pena privativa de libertad de tres a cinco años.

 


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