Fiscalía obtiene la ratificación de una sentencia condenatoria por defraudación tributaria


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1073-DC-2024

Fiscalía obtiene la ratificación de una sentencia condenatoria por defraudación tributaria


Quito (Pichincha), 25 de septiembre de 2024.- El Tribunal de Casación de la Corte Nacional de Justicia –por unanimidad– declaró improcedente el recurso interpuesto por Wilson Germán J. y ratificó la sentencia condenatoria en su contra. Esta sentencia incluye una pena de cinco años de prisión por el delito de defraudación tributaria, que ocasionó un perjuicio al Estado de 39.600 dólares, correspondiente al Impuesto a la Renta.


Además, los jueces confirmaron el pago de una multa equivalente a doce salarios básicos unificados y una reparación integral similar al valor del perjuicio ocasionado.


La Fiscalía Provincial de Pastaza inició la investigación con base en un informe del Servicio de Rentas Internas (SRI), que reveló que Wilson Germán J., en 2016, registró gastos inexistentes en su declaración de impuestos por valores de 25.897 y 29.102 dólares, vinculados a dos compañías fantasmas. El SRI notificó al acusado para que presente una declaración sustitutiva, ajustando los valores observados. Sin embargo, Wilson Germán J. no presentó la documentación para justificar sus transacciones comerciales.


En la audiencia de casación, la defensa del sentenciado alegó que existían errores de omisión y pertinencia en la sentencia. Por su parte, Fiscalía solicitó que dichos argumentos fueran desechados, al no haberse vulnerado ninguna norma legal, por lo que pidió confirmar la sentencia ratificada por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Pastaza, en mayo de 2023.


En marzo de 2023, el Tribunal de Garantías Penales del cantón Pastaza sentenció a Wilson Germán J. a cinco años de prisión por el delito de defraudación tributaria.


Información jurídica

Fiscalía procesó este caso conforme al artículo 298, numeral 15, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la defraudación tributaria cuando se omiten ingresos, se incluyen costos, gastos, deducciones, exoneraciones, rebajas o retenciones falsas, inexistentes o superiores, con el fin de evadir el pago de los tributos debidos.

 


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