Fiscalía obtiene 40 años de condena en el caso de turistas argentinas
BOLETÍN DE PRENSA FGE NO. 169-DC-2017
Santa Elena, 24 de septiembre del 2017.- La Fiscalía General del Estado logró condenar a un tercer procesado en caso de la muerte de las turistas argentinas María José Coni y Marina Menegazzo, ocurrida el 22 de febrero de 2016, en la comuna de Montañita, provincia de Santa Elena.
El fiscal César Peña presentó al Tribunal de Garantías Penales de esta provincia, las pruebas documentales y el testimonio de 15 personas, que demostraron la presunta participación del ciudadano José Luis P.C., en el delito investigado.
Una de las principales pruebas presentadas a juicio, es el ADN del procesado, encontrado en el lugar de los hechos, que fue corroborado por peritos de Criminalística de la Policía Nacional. El Tribunal de Garantías Penales, conformado por Segundo Mina, César Vélez y Daysi Lindao, acogió y declaró válidas las pruebas presentadas en la audiencia de juicio, y procedió a sentenciar a 40 años de pena privativa de libertad a José Luis P.C., como coautor en el delito de asesinato, sumada las agravantes dispuestas en el Código Orgánico Integral Penal.
Estas agravantes, según la Fiscalía, serían el secuestro, tortura, violación, asesinato, y posterior desaparición de los cuerpos de las ciudadanas argentinas, María José Coni y Marina Menegazzo, y en las que habría participado presuntamente el procesado.
Además de la pena impuesta, el Tribunal Penal, impuso una multa de mil salarios básicos unificados (USD 375 mil) y como sanción económica reparatoria a favor de los familiares de la víctima, una multa de USD 100 mil.
Las argentinas María José Coni y María Menegazzo, fueron encontradas sin vida en febrero de 2016, las investigaciones de la Fiscalía concluyeron que el asesinato fue perpetrado por Segundo P. y Aurelio D., que fueron sentenciados por asesinato, en el grado de autores, el 17 de agosto del 2016.
Al término de la audiencia de juicio, familiares del procesado trataron de agredir a los jueces del Tribunal y al fiscal del caso, ante la escasa presencia policial y falta de seguridades en la instalación judicial.
DATO:
El delito de asesinato es sancionado con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, según el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal, adicional a las agravantes de los artículos 47 y 48 del mismo cuerpo legal, que incrementan al máximo de 40 años la sanción impuesta por este delito.
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