Fiscalía inicia instrucción fiscal contra seis personas por asociación ilícita


Fiscalía formuló cargos en la Unidad de Flagrancia de Quito,  ubicada en la Av. Patria y 9 de octubre.

Quito, 9 de noviembre del 2016.- Tras la audiencia de formulación de cargos realizada la tarde de este miércoles 9 de noviembre, dos ciudadanos quedaron con prisión preventiva, mientras que para los cuatro restantes se ordenó la presentación periódica ante la fiscalía especializada que investiga la causa.

Luego de escuchar el sustento de Fiscalía, la jueza de la Unidad de Flagrancia de Quito ordenó la prisión preventiva para Patricio S., y Antonio A., así como la presentación cada ocho días ante la autoridad competente para Luz T., Luzmila G., Mariana R., y Catherine R., a esta última, adicionalmente, se le dictó la prohibición de enajenar bienes.

Entre los elementos de convicción presentados por Fiscalía para formular cargos constan las versiones de dos de los denunciantes, el cotejamiento de llamadas telefónicas de los celulares de los implicados y un parte informativo de la Unidad Antisecuestro y Extorsión (Unase).

Estos seis ciudadanos, investigados por un presunto delito de asociación ilícita, fueron detenidos el martes 8 de noviembre, en un operativo liderado por Fiscalía en el que se allanaron 4 inmuebles y una dependencia pública en Quito.

Según las investigaciones de la Fiscalía, los implicados habrían formado parte de una red delictiva, dedicada a extorsionar a proveedores del Estado a cambio de agilizar pagos a través del Certificado Único de Registro (CUR), emitido por el Ministerio de Finanzas.

La investigación de este caso se inicio en julio del 2016, cuando se detectó que existirían transferencias realizadas por parte del Ministerio de Finanzas, a terceras personas que no tenían ninguna relación comercial o de servicios con la entidad.

El período de instrucción fiscal, que comenzó tras la audiencia de formulación de cargos, tendrá una duración de 90 días.

Dato:

El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal y estipula una pena privativa de libertad de 3 a 5 años.