Fiscalía formula cargos por actividad ilícita de recursos mineros

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 251-DC-2021

Fiscalía formula cargos por actividad ilícita de recursos mineros

San Miguel de Los Bancos (Pichincha), 15 de marzo de 2021.- Por el presunto delito de actividad ilícita de recursos mineros, la Fiscalía General del Estado abrió una instrucción fiscal en contra de Luis Mauricio R. P., quien fue detenido el 13 de marzo pasado en el sector de San Luis de Gualea, parroquia de Pacto, en el cantón San Miguel de Los Bancos.

Durante la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la jueza de Garantías Penales Lorena Paredes acogió los elementos de convicción presentados por el fiscal Alejandro Vásconez.

La Magistrada ordenó que el procesado se presente todos los lunes y viernes ante la autoridad competente.

En la audiencia se expuso el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias halladas en el sitio, entre las que constan un motor, esmeril, cables de tensión, entre otras herramientas que presuntamente eran utilizadas para extraer el material aurífero. También se presentaron las fotografías de los 130 bultos y una pericia macroscópica practicada por la autoridad minera, que determinó que el contenido de los costales era material aurífero.

Según lo expuesto en el parte policial, dos personas alertaron sobre las supuestas actividades ilícitas de extracción minera en San Luis de Gualea. A ellos se les habría intentado sobornar a cambio de que permitan sacar los bultos sin advertir a las autoridades.

Cuando los uniformados acudieron al predio, encontraron al sospechoso, quien se identificó como winchero.

Al lugar también llegó personal de la Dirección Nacional de la Agencia de Regulación de Control de Recursos Naturales No Renovables y de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Contra el Ambiente y la Naturaleza de la Policía Nacional.

Dato jurídico

Fiscalía abrió esta instrucción fiscal con base en el artículo 260, inciso primero del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona la actividad ilícita de recursos mineros con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.

 

 

 

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