Fiscalía formula cargos a presunto responsable del femicidio de Diana E.
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 612-DC-2022
Quito (Pichincha), 22 de agosto de 2022.- Con cuarenta y cinco elementos de convicción, Fiscalía inició el proceso penal en contra de Jonathan Mauricio F. A., como presunto autor del femicidio de Diana E. –su conviviente–, perpetrado la noche del 19 de mayo de 2021.
Por pedido de Fiscalía, la Jueza ordenó la prisión preventiva y para que la cumpla, extendió una boleta de captura, porque el procesado está prófugo.
La audiencia de formulación de cargos se instaló la mañana de este viernes en el Complejo Judicial Sur (Quitumbe). La fiscal Alejandra Sigcha, especializada en investigar delitos de violencia de género, sustentó la apertura de la instrucción fiscal de noventa días con versiones de familiares, testigos de los hechos y médicos que atendieron a la víctima.
También, con los informes periciales como la reconstrucción de los hechos y el levantamiento planimétrico de la escena del crimen, las autopsias médico-legal y psicológica, el informe médico de la exhumación al cadáver, el de reconocimiento del vehículo con el que se ejecutó el femicidio, entre otros.
Quiso quedarse hasta con el auto
El 19 de mayo de 2021, en el sector de la Argelia, Diana y Jonathan estaban en el auto que días atrás había comprado la víctima. Testigos presenciales dijeron a Fiscalía que –cerca de las 23:00– la pareja estaba libando y discutiendo.
En ese contexto, la víctima salió del vehículo, pidiéndole a Jonathan que se bajara.
Pero Jonathan no salió. Arrancó el auto para golpearla y hacerla caer, luego pasó el vehículo sobre sus piernas y –acto seguido– la volvió a atropellar. Personas que presenciaron estos hechos le lanzaron piedras para impedir un nuevo arrollamiento.
Llaman al ECU 9-1-1 para reportar a una víctima en la calzada. A las 23:25 fue asistida por un agente metropolitano y pidió una ambulancia. Mientras esperaban, Jonathan Mauricio F. A. regresó –sin el auto– a preguntar si conocían a la víctima. Pero al ser identificado por la gente, huyó del lugar.
Diana fue ingresada al hospital a las 00:10, sin papeles de identificación. Desde su ingreso el 20, hasta el 22 de mayo –fecha en que murió por hemorragia cerebral y fractura del cráneo–, no estuvo acompañada por sus familiares, porque el agresor mantuvo el hecho en el anonimato, indicó la Fiscal al presentar la formulación.
Según los hechos recabados por Fiscalía, el procesado “se quedó con los documentos y el celular de la víctima, pidiendo a terceras personas que los retiraran de la UPC del barrio, mientras la víctima estaba en situación crítica”.
Además, después de la muerte de Diana, le solicitó a la vendedora del vehículo que el contrato de compra-venta lo realice a su nombre. La mujer se negó a hacerlo y alertó de este pedido a la familia de Diana.
Contradicciones
La madre y el padre de la víctima, en sus versiones, afirmaron que Jonathan Mauricio F. A. les dijo que la noche del 19 de mayo quisieron asaltarlos, por lo que tomó una curva y Diana se cayó.
Después indicó que tuvieron un altercado y la víctima se arrojó del auto; sin embargo, estos hechos fueron desmentidos por los testigos.
La Jueza, por pedido de Fiscalía, otorgó las medidas de protección del artículo 558, numerales 2, 3 y 4, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): prohibición al procesado de acercase a la familia o testigos, de realizar actos e persecución o intimidación por sí mismo o a través de terceros y una boleta de auxilio a favor de los familiares de la víctima.
Información jurídica
La presentación de cargos penales tiene como base jurídica el artículo 141 (femicidio) con las circunstancias agravantes detalladas en los numerales 1 y 2 del artículo 142 del COIP.
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