Fiscalía consiguió que caso ‘Las Dolores’ llegue a etapa de juicio

Quito, 27 de agosto del 2014.-  Con la aplicación de jurisprudencia generada por la Corte Constitucional   en base a la normativa legal nacional e internacional, Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, estocó los argumentos de los defensores de 11 procesados en el caso “Las Dolores”, que solicitaron los recursos de apelación y nulidad al auto de llamamiento a juicio.

La argumentación de Chiriboga Zambrano sustentó la decisión del Tribunal de apelación de la Corte Nacional de Justicia que rechazó los recursos “por improcedentes”, al finalizar la audiencia de apelación y nulidad instalada la tarde y noche del 26 de agosto del 2014 y concluida el 27, a las 19:00.

El fiscal General impuso su tesis sobre la imposibilidad de admitir recurso de apelación respecto del auto de llamamiento a juicio  porque la sentencia 004-13-SIN-CC de la Corte Constitucional lo prohíbe, entre otras razones, porque este recurso busca la dilación de los procesos, contrario a los principios de celeridad y tutela judicial efectiva.

Añadió que esta imposibilidad de admisión de recurso de apelación a un auto de llamamiento a juicio fue difundida a los operadores de justicia a través de la resolución No. 29-2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura.

Asimismo, la posición jurídica de Galo Chiriboga anuló los argumentos expuestos por las partes procesales respecto al recurso de nulidad.

 Así lo demuestra el anuncio de la juez nacional ponente, Lucy Blacio, al ratificar la competencia de Jorge Blum,  juez nacional que conoció y llamó a juicio a 18 procesados en el caso “Las Dolores”, por el fuero de Corte Nacional que tenía el General de Policía J.P.Z. al momento de los hechos.

Asimismo, Blacio explicó que el auto de llamamiento a juicio de Blum está “debidamente motivado”,  porque se justifica la aplicación de la normativa internacional de derechos humanos ya que el Estado ecuatoriano los garantiza.

Ante la insistencia de los defensores en cuanto al “doble juicio”, el Tribunal resolvió que el caso que conoció la Corte Distrital Policial en 2004 fue por delitos de función (abuso de facultades y homicidio inintencional), pero no por asesinato constitutivo en ejecución extrajudicial como graves violaciones  a los derechos humanos, que es el delito que actualmente investiga la Fiscalía.

El Tribunal también acogió la argumentación de Galo Chiriboga de que no se violentó el derecho a la defensa porque los procesados fueron notificados de todas las diligencias practicadas por la Fiscalía y acotó que la reconstrucción de los hechos realizada con peritos de Venezuela, en enero del 2014, se amparó en normativa nacional e internacional.

En el caso “Las Dolores”, la Fiscalía investiga la muerte de ocho personas como resultado del operativo policial realizado el 19 de noviembre del 2003 en la farmacia Fybeca, ubicada en la ciudadela La Alborada, al norte de Guayaquil.

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