Exfuncionario de Fiscalía es sentenciado, en segunda instancia, por abuso sexual contra adolescente
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 920-DC-2021
Morona (Morona Santiago), 01 de octubre de 2021.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia aceptó el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía y sentenció a Henry Patricio M. a seis años y ocho meses de privación de libertad, como autor del delito de abuso sexual, perpetrado contra una adolescente de 16 años.
En audiencia de apelación, finalizada el jueves 30 de septiembre, los magistrados ordenaron al sentenciado cancelar 2.000 dólares como reparación integral a la víctima.
Durante su intervención, el fiscal del caso, Marco Velecela, enumeró los elementos probatorios con los que –en audiencia de juicio– demostró la culpabilidad del exfuncionario judicial; sin embargo, en esa instancia, el Tribunal Penal resolvió dictar sobreseimiento a favor de él, en sentencia emitida por escrito el 6 de agosto de 2021.
El hecho
Henry Patricio M. ejercía funciones de secretario del Servicio de Atención Integral (SAI) de la Fiscalía, en el cantón Morona, cuando se comunicó telefónicamente con el papá de la adolescente para pedirle que llevara a su hija hasta estas instalaciones. La adolescente había sido reportada como desaparecida, pero en ese momento ya se encontraba con sus padres.
El 17 de enero de 2020, la adolescente y sus padres llegaron al SAI. Henry Patricio M. les mencionó que debía llevar a la adolescente a un centro de salud y que ellos debían esperar allí. Sin embargo, Henry Patricio M. trasladó en su vehículo a la adolecente hasta el domicilio de él, donde la obligó a tocar sus partes íntimas. Luego la llevó al centro de salud, para finalmente retornar a Fiscalía y entregarla a sus padres.
En ese momento, la víctima ocultó el hecho, pero decidió contarles a sus padres el siguiente fin de semana. El 20 de enero de 2020, los padres denunciaron al agresor en el Consejo de la Judicatura, desde donde se reportó a Fiscalía.
La acusación fiscal se sustenta en: el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de su mamá y del agente de Policía que practicó la pericia de audio y video a las imágenes de las cámaras de seguridad de Fiscalía, en las que se observa cuando salen y regresan, el agresor y la víctima.
También se contó con los testimonios de los peritos que efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos (domicilio del sentenciado) y el análisis telefónico con lo que se demostró que el sentenciado llamó al papá de la víctima.
Información jurídica
Henry Patricio M. fue sentenciado de acuerdo al artículo 170, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de abuso sexual con privación de libertad de tres a cinco años. Además, se consideraron circunstancias agravantes, entre estas que el sentenciado era funcionario público, lo que agravó la pena en un tercio.
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