Empresario es sentenciado por acoso sexual

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 327-DC-2021

Empresario es sentenciado por acoso sexual

Riobamba (Chimborazo), 05 de abril de 2021.- Acogiendo las pruebas presentadas por Fiscalía, Tribunal de Garantías Penales de Chimborazo declaró culpable de acoso sexual a Fernando G. B. y lo sentenció a un año de pena privativa de la libertad, y al pago de 3.000 dólares como reparación integral a favor de la víctima.

En la audiencia de juicio, la fiscal Ana Cordovez relató que los hechos ocurrieron desde junio de 2017, cuando la gerente de las empresas del hoy sentenciado empezó a recibir tratos muy extraños –y de carácter sexual– de su parte.

Fernando G. B. inició con abrazos fuertes, con los que intentaba alcanzar los pechos de la mujer; también tocaba sus piernas mientras trabajaban e intentaba tocar sus partes íntimas, hasta que cierto día el agresor le solicitó que tuvieran relaciones sexuales para sacarle el estrés.

Ante estas situaciones, la víctima decidió renunciar, debido a que el entorno laboral intimidatorio en el que debía cumplir sus obligaciones laborales.

En un tiempo, ella consiguió un nuevo trabajo en el sector público; sin embargo, el hoy sentenciado continuó acosándola y solicitó a los jefes de esa institución que la desvincularan, amenazándolos con que, si no lo hacían, dejaría de arrendar el espacio físico que era de su pertenencia y daría por terminado el contrato.

La mujer fue despedida.

Fiscalía demostró la materialidad y la responsabilidad de Fernando G. B. con pruebas periciales, materiales y documentales, como los informes psicológicos y psiquiátricos practicados a la víctima, ya que su cuadro de salud fue afectado por la intromisión del hoy sentenciado en su vida personal; testimonios que demuestran un estado grave de salud mental en la víctima, quien hasta la fecha mantiene ideas autoliticas por el hostigamiento recibido; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros.

Dato jurídico

El delito de acoso sexual está tipificado en el artículo 166 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

 

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