Abuso sexual

El abuso sexual infantil en la mira de la Fiscalía

Abuso sexual

El sistema de Cámara de Gesell permite recoger el testimonio de las de víctimas de abusos sexuales evitando el contacto con el agresor.

Quito, 11 de marzo de 2017.- Los casos investigados por las fiscalías especializadas evidencian que “entre el 85 al 90 por ciento de los agresores son parte del núcleo intrafamiliar o conocidos de las víctimas”. Así lo afirma Fernanda Jaya, asistente de la fiscalía especializada en violencia de género.

“La utilización sexual de un niño o niña en beneficio de otra persona, por lo general adulta”, es como Jaya define al abuso sexual infantil. Entre los delitos más recurrentes están la pornografía, el contacto por medios electrónicos con fines sexuales, la violación y el abuso sexual (como tipo penal).

Según la fiscal provincial de Pichincha, Thania Moreno Romero, estos tipos penales afectan a los niños, niñas y adolescentes por la ventaja que tienen los victimarios: edad, género, fuerza física, relación de la víctima con el agresor (núcleo intrafamiliar) y la relación de poder (escuela, colegio, iglesia) entre otros.

La pornografía infantil y el contacto por medios electrónicos

La Fiscal Provincial de Pichincha precisó que, a través de los medios informáticos, la delincuencia opera en delitos de pornografía infantil, por cuanto la tecnología facilita la producción, reproducción y transmisión de ese material.

Las redes sociales (“sin satanizarlas”, dice Thania Moreno) son los canales más utilizados para transmitir pornografía infantil, también para engañar y chantajear a las víctimas para que lo produzcan.

Una de las estrategias de los potenciales agresores, mediante las redes sociales, es el uso de identidades falsas para atraer la atención de los niños, niñas y adolescentes, cuyo propósito final es el contacto sexual y también la pornografía.

“En la investigación penal es necesaria la mirada de expertos informáticos, para, a través de los mecanismos legales, determinar desde dónde se producen los contenidos y a dónde se los transmite”, precisó la fiscal Moreno.

45 investigaciones previas por tres tipos de relacionadas con la pornografía infantil se conocieron en la Fiscalía Provincial de Pichincha.

  • 12 por pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes.
  • 23 por comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes.
  • 10 investigaciones previas contacto con finalidad sexual con menores de 18 años por medios electrónicos.

En el ámbito nacional, durante el 2016, la Fiscalía General del Estado (FGE) conoció 114 denuncias referentes a los delitos de pornografía en niños y niñas menores de 10 años y a la comercialización del material.

Cabe destacar que desde agosto 2014 entraron en vigencia en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) 77 nuevos tipos penales. Entre estos están el contacto con finalidad sexual con menores de 18años por medios electrónicos (Art.173 del COIP), con diferentes penas según la infracción.

Denuncias a escala nacional durante el 20

Presunto delito

Casos

Porcentaje

Pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes(103).

86

75,44%

Comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes (104).

28

24,56%

Total

114

100,00%

Elaborado por Dirección de Política Criminal

Diferencia de delitos contra la integridad sexual de los niños, niñas y adolescentes

El objetivo es que la ciudadanía conozca sobre estos tipos penales. Para eso Eduardo Estrella, fiscal especializado en violencia de género de Pichincha, explica que el delito de violación es una acción que tiene como fin el acceso carnal.

Estrella señala que para que el delito de violación ocurre con el ingreso del órgano reproductor masculino, con objetos o también con dedos, por cualquiera de los canales de entrada que tiene el cuerpo humano masculino o femenino.

Este delito se perpetra en circunstancias como amenazas o intimidación, en estado de inconciencia de la persona ofendida, en menores de 14 años. Además, aprovechándose de la discapacidad o circunstancias que hagan que la víctima no pueda defenderse.

El abuso sexual es un acto de naturaleza sexual, cualquiera que este sea, pero sin acceso carnal, explica Eduardo Estrella. En cambio, el acoso sexual tiene como elemento principal una relación de poder: un docente frente a su estudiantado; la relación de dependencia laboral, un religioso frente a los feligreses.

“El acoso sexual contiene acciones tendientes a solicitar- aprovechándose de la relación de poder- un hecho de naturaleza sexual, a través del miedo y la amenaza de que si no accede a la propuesta tendrá un grave problema”, enfatiza el fiscal Estrella.

Denuncias de violación contra niños y niñas de menos de 10 años

Provincia

Casos

Porcentaje

Guayas

41

18,14%

Pichincha

29

12,83%

Manabí

27

11,95%

Santo Domingo de los Tsáchilas

19

8,41%

Los Ríos

16

7,08%

Sucumbíos

14

6,19%

El Oro

12

5,31%

Esmeraldas

9

3,98%

Loja

9

3,98%

Cotopaxi

7

3,10%

Imbabura

7

3,10%

Azuay

5

2,21%

Cañar

4

1,77%

Morona Santiago

4

1,77%

Napo

4

1,77%

Santa Elena

4

1,77%

Carchi

3

1,33%

Pastaza

3

1,33%

Bolívar

2

0,88%

Orellana

2

0,88%

Tungurahua

2

0,88%

Zamora Chinchipe

2

0,88%

Chimborazo

1

0,44%

Total

226

100,00%

Fuente: Comisión de Estadísticas de Violencia de Fiscalía

Elaborado por Dirección de Política Criminal 

Delitos de doble afectación

Cuando se trata de acoso sexual infantil en el ámbito educativo, la víctima es expuesta a una doble agresión: La sexual como tal y la vulneración de su confianza, porque el niño, niña o adolescente está en un lugar donde se siente protegido (escuela o colegio). “Lamentablemente y aunque sucede en la minoría de los casos, se trata de proteger al posible agresor por cuidar la imagen del centro educativo”, afirma la fiscal Thania Moreno.

En estos casos, la víctima calla por la relación de poder que envuelve al delito, la diferencia de edad y las amenazas para mantener el secreto provocan intimidación en la víctima. Cuando se trata de niñas o adolescentes, por los patrones culturales, se considera que es normal y que es parte de rol de la mujer el recibir ese tipo de agresión y guardar silencio, además la víctima se siente culpable de lo que le ha pasado. “Por eso es importante romper esos imaginarios”, acotó la Fiscal Provincial de Pichincha.

Mayra Soria, fiscal especializada en violencia de género, recordó el caso sobre el atentado al pudor de 44 escolares, de entre 9 y 10 años de edad. Esta historia sucedió en el periodo lectivo 2010-2011, en dos aulas de un plantel educativo del sur de Quito.

El victimario fue un profesor de la institución, José Negrete Arias, quien está con sentencia ejecutoriada de 7 años y la obligación de indemnizar a cada víctima con 10.000 dólares. Sin embargo, el fallo del Tribunal otorgó a las víctimas el derecho a la reparación integral, solicitado por la fiscal Mayra Soria, con base en el artículo 78 de la Constitución.

Esto es que en máximo un año -a partir de la ejecución de la sentencia (marzo del 2016)- se debe colocar una placa  con la leyenda: “En memoria de las víctimas de abuso infantil en el sistema educativo”, en el aula de clases donde sucedieron los delitos.

La colocación de la placa debe realizarse en ceremonia  pública, en un lunes, donde deben asistir como invitados los padres de las víctimas, representantes del Ministerio de Educación y también del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef en Ecuador). Pero la reparación integral no se cumple hasta la actualidad, a pesar de la insistencia de la Fiscalía.

En este caso, recordó Mayra Soria, los niños y niñas no comentaron nada de lo que les sucedía, por miedo a que el agresor cumpla sus amenazas de matar a sus padres si revelaban los hechos. “Fue una madre que al mirar huellas en el cuerpo de su hija, hace seguimiento y los niños rompen el silencio sobre la agresión”.

Actualmente, los chicos y chicas, 44 adolescentes, saben que esos hechos fueron ilegales y que no debieron suceder, conocieron las verdades histórica y jurídica… El tema ahora es volver a confiar en los profesores y en el sistema educativo.

No se calle, ¡Denuncie!

Las investigaciones de los delitos de abuso sexual infantil son llevadas en las Unidades Especializadas de Violencia de Género de la Fiscalía. En la actualidad son 70 a escala nacional, como una política de la actual administración de la FGE de entregar atención con calidad y calidez enfocada en la ciudadanía.

Para ingresar una denuncia en la Fiscalía no es necesario que sea familiar, cualquier persona puede hacerlo. “Personas particulares como profesores o quienes cuidan a los niños tienen obligación de denunciar este tipo de actos” dijo Juan Tenesaca, fiscal especializado en violencia de género de la Fiscalía Provincial de Pichincha.

Indicadores del abuso sexual infantil

  • Cuando el niño cuenta una situación de abuso en el ámbito sexual, como adulto se tiene la responsabilidad de creerle.
  • Lesiones en el área genital o anal.
  • Sangrado del área genital o anal.
  • Infecciones de transmisión sexual (contagio a través del abuso sexual)
  • Embarazo temprano.
  • Ropa interior inexplicablemente manchada de sangre o rota.
  • Juegos sexuales inadecuados (niños víctimas de abuso sexual suelen tratar de replicar lo que están viviendo).
  • Conversaciones de temas específicos de una relación sexual que son inadecuadas para su edad.
  • El castigo físico a los niños por parte de sus padres cuando ellos cuentan lo que viven es algo que no debe suceder.
  • Más del 95% de las violaciones se produce en el entorno.