Dos exjueces de Pichincha sentenciados a 30 meses de privación de libertad


Cecilia Armas, fiscal General del Estado, subrogante, participó en la audiencia que se desarrolló en la Corte Nacional.

Miércoles, 16 de diciembre del 2015.- Los exjueces de Pichincha, Óscar L. y Freddy M., fueron declarados autores de tentativa de tráfico de influencias. Por ello cumplirán una pena de 30 meses (dos años y seis meses) de privación de libertad.

Esa fue la sentencia del Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) con base en las pruebas que presentó la fiscal General subrogante, Cecilia Armas, durante los dos días de audiencia de juicio, que finalizó la tarde de este miércoles 16 de septiembre.

Durante la exposición de la sentencia, el juez ponente, Luis Enríquez, validó las pruebas presentadas por Fiscalía, la cual acusó a los dos exjueces como autores de ejercer influencia con otro funcionario para obtener una sentencia favorable a cambio de un rédito económico.

Se demostró que Óscar L., exjuez de la Unidad Judicial de lo Civil de Pichincha, fue quien contactó con Óscar P., abogado de la compañía Inmoplaza, para ofrecerle una sentencia favorable en el juicio de expropiación del edificio ubicado al norte de la capital.

Para eso, según revelaron las investigaciones, elaboraron un proyecto de borrador de la sentencia de segunda instancia. En este se disponía el pago de 770.000 adicionales a lo mandado a cancelar originalmente. De ese monto, los ahora sentenciados y el juez Édgar F. (hoy prófugo) iban a recibir el 20%.

La fiscal Armas señaló que «sin la actuación de Óscar L. no se hubieran contactado César P. y Freddy M. con el abogado César P.”. A este último se entregó el proyecto de borrador de la sentencia en el caso del inmueble.

Al respecto el juez Enríquez dijo que la prueba presentada por Fiscalía (textos enviados por Óscar L. mediante una red social de Internet) fue demostrar que este sentenciado tenía total dominio de los hechos.

Sin embargo, el juez Enríquez argumentó que no se ejecutó la sentencia como tal en el caso de Inmoplaza. Por lo que el Tribunal adecuó la conducta en el modo de tentativa, tipificado en el artículo 285 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Entre tanto, César P. fue sentenciado el pasado octubre, a 16 meses de pena privativa de libertad, tras acogerse al procedimiento abreviado. Él fue declarado culpable por la oferta de realizar tráfico de influencias, delito tipificado en el artículo 286 del COIP, ya que él no ostentaba ningún cargo como funcionario público.