Dos ciudadanos sentenciados por asociación ilícita en el caso ‘Carta Negra’.

                                                          Fiscal Tania Moreno durante audiencia en el caso Carta Negra

Quito, 07 de mayo de 2015.-  Luego de tres días de audiencia de juiciodos de los cinco ciudadanos fueron sentenciados por el Tribunal Segundo de Garantías Penales de Pichincha a 18 meses de prisión como autores del delito de asociación ilícita en el caso ‘Carta Negra’.

La condena emitida por el Tribunal en contra de Mariana B., y Julián R., ya fue cumplida porque estuvieron bajoarresto domiciliario desde el 23 de diciembre del 2013.

Además, el Juzgador ratificó el estado de inocencia de Gigsy Q. y Alejandro M., mientras que la Fiscalía se abstuvo de acusar a Patricio S. al no contar con suficientes pruebas que demuestren su culpabilidad.

La Fiscal Thania Moreno durante la audiencia presentó los testimoniosde 23 personas, entre peritos de Criminalística que realizaron el registro de las evidenciasque se encontraron en las notarías allanadas donde se encontraron cartas de invitación y declaraciones juramentadas, ente otras pruebas.

Así como la extracción de información de los equipos informáticos incautados en los allanamientos realizados durante el operativo ‘Carta Negra’, ejecutado el 23 de diciembre del 2013.

La fiscal Moreno presentó ante el Tribunal como prueba documental un oficio emitido por el Consejo de la Judicatura,con el que demostraría que una de las procesadas, mientras fuenotaria habría recibido más de $500.000 dólares americanos.

La Fiscalía logró determinar durante las investigaciones  realizadas que los integrantes de esta red delictiva habrían reclutaron a 140 ciudadanos ecuatorianos de escasos recursos económicos con el objetivo de que presten su identidad y firma a cambio de dinero, permitiendo  así el ingreso al Ecuador de 7000 ciudadanos cubanos.

Los sospechosos cobraban a los ciudadanos cubanos entre 800 a 1000 dólares americanos, a cambio les ayudaban a obtener documentos de viaje de forma irregular, para trasladarse a Ecuador.

Dato:

El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Penal y estipula una sanción de 3 a 5 años de prisión.

LSA