Detenido para que cumpla su condena por estafa: estuvo prófugo desde 2019

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 172-DC-2020

Detenido para que cumpla su condena por estafa: estuvo prófugo desde 2019

Fiscalía demostró que el sentenciado pagó con cheques sin fondos, de una cuenta cerrada.

Ambato (Tungurahua), 18 de febrero de 2020.- En un allanamiento coordinado entre Policía Nacional y Fiscalía, Juan Francisco S. T., de 66 años, fue detenido. Sobre él pesaba una orden de detención, para que cumpla con una sentencia ratificada por la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua, de tres años y cuatro meses, por el delito de estafa.

El ciudadano se encontraba en su domicilio, ubicado en la parroquia Atocha Ficoa del cantón Ambato.

En julio de 2018, Fiscalía demostró, con pruebas testimoniales, documentales y periciales, la responsabilidad del ciudadano, entre ellas: el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, las certificaciones bancarias, que corroboran que la cuenta desde la que se emitían los cheques había sido cerrada en 2015; los cheques posfechados (firmados por el sentenciado), así como versiones de la víctima, que afirma que fue inducido a ese error y que eso representó una pérdida que de 5.000 dólares.

Los hechos

En marzo de 2016, Juan Francisco S. T. acudió a un local comercial ubicado en las calles Mariano Altamirano y Cuenca, en Ambato, donde compró lubricantes que serían utilizados en su negocio, por un valor aproximado de 5.000 dólares. Y procedió a cancelar el valor de los productos con cheques personales.

La víctima llevó los cheques a la entidad bancaria, mismos que –tras haber sido presentados en ventanilla para el cobro respectivo– fueron devueltos ya que pertenecían a una cuenta cerrada en 2015.

Otros datos

Juan Francisco S. T. interpuso dos recursos: uno de apelación a la sentencia y otro de casación. Ambos fueron negados, por lo que el ciudadano debía cumplir con su responsabilidad penal desde abril 2019.

Dato jurídico

El delito de estafa está tipificado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y sanciona el delito con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.

 

 

 

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