Curandero fue sentenciado a 29 años por violación a adolescente en Gualaceo
El fiscal Alberto Machuca sustentó la acusación en la audiencia de juicio.
Cuenca, 19 de enero del 2017.- Las investigaciones de la Fiscalía permitieron que José C. sea sentenciado a 29 años y 4 meses de privación de libertad, por violar a una adolescente en Gualaceo, cantón azuayo.
Los jueces del Tribunal de Garantías Penales del Azuay ordenaron el pago de 5.000 dólares como reparación integral a la víctima, en la sentencia notificada por escrito el 18 de enero del 2017.
En su intervención, en la audiencia de juzgamiento desarrollada el 8 y 10 de noviembre del 2016, el fiscal Alberto Machuca expuso que la víctima acudió con su abuela, a finales del 2015, a un centro de medicina alternativa para buscar sanación para su madre. En este lugar el sentenciado trabajaba como curandero.
Allí, en la segunda cita, el sentenciado violó a la víctima, engañándole que debe hacer todo lo que él dice porque si no se podía morir, debido a que ella también supuestamente estaba enferma.
Por los malestares que sintió la adolescente, sus familiares la llevaron a una casa de salud, donde confirmaron que estaba embarazada, producto de la violación.
Ante esto los familiares denunciaron el hecho en la Fiscalía, que como parte de la investigación allanó este centro, donde fue detenido el sentenciado en marzo del 2016.
Durante la audiencia de juzgamiento, el fiscal Machuca presentó como testigo al médico legista de la Fiscalía que efectuó el examen médico, con el que se comprobó que la víctima tiene lesiones antiguas por violencia sexual y que está embarazada.
Además una psicóloga y una trabajadora social de la Fiscalía expusieron sus pericias y concluyeron que la adolescente presenta síntomas postraumáticos por la violación y que el hecho de haber sido agredida sexualmente afectó su proyecto de vida.
La Fiscalía también presentó los testimonios de la víctima, su hermana y su abuela. Y además, entre la prueba documental, el informe de reconocimiento del lugar y de evidencias.
Este caso fue judicializado por el delito de violación sancionado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal, con pena privativa de libertad de 19 a 22 años, que se incrementó porque los jueces consideraron las agravantes.