Cuatro procesados por cohecho en caso ´Petroecuador’ con prisión preventiva


La audiencia de revisión de medidas contra cuatro personas dentro del caso ‘Petroecuador’ se realizó en la Unidad Judicial de Garantías Penales, en Quito.

Quito, 7 de noviembre del 2016.- Por pedido de la Fiscalía, la jueza de Garantías Penales de Pichincha, Karen Matamoros, sustituyó la presentación periódica ante la autoridad por la prisión preventiva para cuatro procesados por cohecho en el caso ‘Petroecuador’. 

Los procesados incumplieron con la medida alternativa de presentación ante la autoridad competente durante tres días a la semana (lunes, miércoles y viernes) que debió regir desde el 31 de octubre del 2016.

El cambio de la medida alternativa fue solicitado por el fiscal del caso, Jacinto Tibanlombo, para los procesados Ramiro L., Sonia C., Yolanda P., y Carlos P. (los dos últimos hermana e hijo de Carlos P. Y., exgerente de Petroecuador), en la audiencia de revisión de medidas instalada la mañana del 7 de noviembre del 2016.

El fiscal Tibanlombo también pidió a la jueza oficiar a la Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol Ecuador) para que los cuatro procesados sean incluidos en la lista roja. 

Ramiro L., Sonia C., Yolanda P., y Carlos P. son cuatro de 17 personas que fueron vinculadas al caso por cohecho, en la audiencia realizada el 21 de octubre del 2016. 

La Fiscalía inició el proceso penal en este caso con la formulación de cargos contra Javier B., el pasado 17 de agosto.

Carlos P. Y. es uno de los vinculados en esta investigación, por los presuntos actos de corrupción cometidos durante su gestión como gerente de Refinación y Gerente General de Petroecuador, entre el 2012 y 2015.

Los elementos para este caso fueron obtenidos, en su mayoría, por la asistencia penal internacional solicitada por la Fiscalía a Panamá y también por un informe de la Unidad de Análisis Financiero (UAF).

El pedido de la asistencia penal de Ecuador también alertó a Panamá, donde se inició una investigación por una presunta corrupción y blanqueo de dinero. Por lo que se retuvieron 4 millones de dólares de las cuentas que tenía Alex B., en dos bancos panameños.

El cohecho es un delito que puede ser juzgado en ausencia de los acusados y está tipificado en el artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se sanciona hasta con siete años de pena privativa de libertad.