Corte Provincial ratificó prisión preventiva de procesados por lavado de activos

Los jueces de la Segunda Sala de la Corte Provincial de Pichincha desecharon el pedido de revocatoria de la prisión preventiva que pesa sobre  F.E.M., J.S.G. y L.D.G. por presunta participación en delito de lavado de activos.
La decisión de los jueces Santiago Acurio del Pino, José Miguel Jiménez y Wilson Lema Lema se anunció luego de que el fiscal Patricio García solicitó que se ratifique la medida, en razón que existen las evidencias suficientes que involucrarían a los procesados en el delito.
Se mantienen las otras medidas cautelares, como prohibición de enajenar bienes y la retención de cuentas bancarias y títulos de valor que posean los procesados.
Además, M.R. y D.F.M continuarán presentándose  semanalmente ante autoridad competente y tienen la prohibición de salida del país.
“Para evitar que este caso quede en la impunidad es importante garantizar la presencia de los imputados durante todo el proceso”, señaló García.
En la audiencia de formulación de cargos, que se realizó el 19 de febrero del 2014, el fiscal García presentó varias evidencias incautadas durante el operativo de allanamiento en los domicilios de los involucrados, lo que  le probaría su participación en este delitos.
Se incautaron cinco pistolas con las respectivas municiones y alimentadoras, computadoras, joyas, obras de arte, relojes, escrituras, documentos de contabilidad y dinero en efectivo.
La investigación que realizó Fiscalía fue en coordinación con la Superintendencia de Compañías, Servicio de Rentas Internas, Superintendencia de Bancos, Policía Nacional y Registro de la Propiedad.
Dato:
El delito de lavado de activos está tipificado y sancionado en el Art. 14, literales a, b, c, d, e y sancionado en el Art. 15 numeral 3 de la Ley de Lavado de Activos.