Corte Constitucional aceptó acción extraordinaria de protección en caso 30-S
La Corte Constitucional del Ecuador aceptó la acción extraordinaria de protección planteada por Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, contra la sentencia emitida por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, en relación a los hechos suscitados el 30 de septiembre de 2010 (30-S), en la Gobernación de Chimborazo.
Este fallo, que fue impugnado por la Fiscalía General del Estado, ratificó la inocencia de Lola Maldonado, Luis Carvajal, Aníbal Oleas y Elías Yépez, quienes participaron en la toma del edificio de la Gobernación, además de haber provocado múltiples desmanes.
Como medidas de reparación integral la Corte Constitucional dispuso que se deje sin efecto jurídico la sentencia emitida por la Primera Sala de la Corte Nacional de Justicia, el 25 de enero del 2012, en el expediente de casación penal No. 49-2012 y todos los actos procesales y las demás providencias dictadas como consecuencia de la misma.
Así como retrotraer el proceso hasta el momento en que se produjo la vulneración de derechos constitucionales, esto es, en el instante en que se dictó la sentencia de casación.
Dispuso, además, que la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia realice el correspondiente sorteo para definir el tribunal que conozca el recurso, en observancia de los derechos constitucionales y las garantías del debido proceso.
Lola Maldonado, Luis Carvajal, Aníbal Oleas, Elías Yépez, fueron sentenciados a un año de prisión por el delito de invasión de edificios, instalaciones o terrenos con fines delictivos, tipificado en el Art. 155 del Código Penal.