Condenado por violencia física contra la mujer


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 424-DC-2024

Condenado por violencia física contra la mujer


Guayaquil (Guayas), 05 de abril de 2024.- Fiscalía obtuvo una sentencia condenatoria agravada de ochenta días de prisión para Henrry Nelson D. L., por el delito de violencia física: fue acusado de agredir física y verbalmente a su conviviente.

El procesado, además, es investigado por violencia psicológica y cuenta con una sentencia condenatoria previa por el delito de lesiones en el ámbito intrafamiliar, que está en etapa de apelación y actualmente cumple prisión preventiva por su presunta responsabilidad en el delito de secuestro extorsivo.


En la audiencia de juzgamiento, desarrollada la mañana de este jueves 4 de abril en la Unidad Judicial Sur Valdivia, la Fiscal de la Unidad de Violencia de Género a cargo del caso presentó como pruebas: el informe investigativo, la denuncia de la víctima, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la pericia psicológica, el parte de aprehensión, el informe médico-legal físico, que determinó de cuatro a cinco días de incapacidad para la mujer.

A ello se sumaron cinco testimonios: uno rendido por la víctima –en el que identificó plenamente a su agresor– y los otros cuatro por el médico legista, el psicólogo, el agente investigador y el agente aprehensor.


Los jueces del Tribunal Penal acogieron las pruebas presentadas por la Fiscalía y emitieron sentencia condenatoria –en el grado de autor directo– para Henrry Nelson D. L., imponiéndole una pena privativa de libertad de ochenta días, más la multa de tres salarios básicos unificados (1.380 dólares) y el pago de 1.500 dólares como reparación integral a la víctima.

Los magistrados –por pedido de la Fiscalía– dispusieron la reparación psicológica y ocupacional a la víctima en el CEPAM, su ingreso al Sistema de Protección a Víctimas y Testigos (Spavt) y las medidas de protección contempladas en el artículo 558, numerales 2, 3, 4 y 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): prohibición al procesado de acercarse a la víctima y parientes, realizar actos de intimidación por sí mismo o a través de terceros, y la extensión de una boleta de auxilio para la víctima y su núcleo familiar.


Contexto

Fiscalía abrió una investigación contra Henrry Nelson D. L., después de receptar una denuncia de una mujer, en la que aseguraba haber sido agredida verbal y físicamente por parte de su exconviviente, en el domicilio que compartían, ubicado en el sector de la cooperativa Santiaguito de Roldós, sur de Guayaquil.

El agresor le propinó golpes que le produjeron lesiones en la cara y el cuello, y la pérdida de uno de sus dientes.

El victimario fue aprehendido y trasladado a la Unidad de Flagrancia, donde se le formularon cargos.


Meses atrás, Fiscalía obtuvo una primera sentencia contra el mismo sujeto (321 días de prisión). Los jueces del Tribunal Penal no aceptaron el delito propuesto por Fiscalía –femicidio en grado de tentativa– y lo sentenciaron por lesiones.

La Fiscal del caso y la acusación particular apelaron la decisión del Tribunal en una de las Salas de la Corte Provincial del Guayas, ya que consideraron que los magistrados no tuvieron en cuenta la perspectiva de género para el juzgamiento de este tipo de delito. Se espera fecha para esa audiencia de apelación.


Además, Henrry Nelson D. L. enfrenta otro proceso por violencia psicológica, tras haber sido denunciado por otra mujer, en la que narró que fue agredida físicamente y amenazada con un arma de fuego por parte del involucrado, quien –además– la intimidó y amenazó de muerte. Guardias del centro comercial donde ocurrieron los hechos impidieron que el delito se consume.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 152, inciso primero, regla primera (lesiones), del COIP, que se sanciona con pena privativa de libertad de treinta a sesenta días, en concordancia con las agravantes del artículo 48, numerales 5 y 9, lo que incrementó en un tercio la pena impuesta.

 


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