Condenado por homicidio


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 541-DC-2024

Condenado por homicidio


Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 07 de mayo de 2024.- Luego de la valoración de las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado –que procesó al implicado por asesinato–, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa sentenció a diez años de pena privativa de libertad –como autor directo– a Luis Alejandro V. por el delito de homicidio, perpetrado la mañana del 11 de junio de 2020 en la parroquia Puerto Limón.


Además, los jueces –en su resolución– dispusieron el pago de 10.000 dólares como medida de reparación integral a los familiares de la víctima y de una multa de 18.400 dólares (40 salarios básicos unificados).

Según la investigación, Luis Alejandro V. –previo a cometer el delito– habría amenazado a su víctima en varias ocasiones, debido a que –a la fecha de los hechos– salía con su expareja (del ahora sentenciado).


El día del crimen, el victimario interceptó al otro hombre cuando transitaba por una vía del sector y le propinó varios cortes en el cuerpo, mismos que provocaron su muerte.

Luego de haber cumplido su cometido, huyó del lugar.


En la audiencia de juicio, la Fiscal que sustentó el caso presentó como pruebas: los testimonios de la pareja sentimental (a la fecha de los hechos) de la víctima y de los agentes de la Unidad de Delitos Contra la Vida y Muertes Violentas (Dinased), y los informes de la autopsia médico-legal, que determinó la causa de muerte (lesiones producidas por un objeto punzocortante); de reconocimiento del lugar de los hechos y de inspección ocular técnica.


También rindió testimonio el agente investigador que practicó el análisis telefónico, quien expuso que el abonado asignado a la víctima hizo una llamada telefónica que se conectó a la misma celda utilizada –en otra comunicación– por Luis Alejandro V. Esta pericia demostró que, cuando ocurrió el crimen, ambos estuvieron en el mismo lugar.

Información jurídica

El homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de diez a trece años.

 


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