Comunicado

COMUNICADO OFICIAL FGE N° 014-DC-2020

Por mandato constitucional y legal, la Fiscalía General del Estado es la encargada de dirigir el Sistema Nacional de Protección y Asistencia a Víctimas, Testigos y Otros Participantes en el Proceso Penal (Spavt), así como de coordinar la obligatoria participación de entidades públicas y privadas afines a los objetivos del Sistema y de articular la participación de la sociedad civil en sus distintas manifestaciones.

En tal virtud –y bajo los principios y enfoques que asisten al Spavt–, se recuerda a la ciudadanía y a la opinión pública que, de conformidad con los artículos 295 del Código Orgánico de la Función Judicial y 5 del Reglamento Sustitutivo para el Spavt, toda documentación y aspectos relativos al procedimiento de protección y asistencia, así como información de personas candidatas y protegidas, se deben mantener bajo estricta reserva.

El incumplimiento de la disposición constante en la Ley podría configurarse en los delitos estipulados en los artículos 180 y 273 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que son sancionados con pena privativa de libertad de uno a tres años.

 

 

 

Quito, 19 de julio de 2020

Fiscalía General del Estado