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CNJ archiva la denuncia contra el Presidente Correa por supuesto delito de lesa humanidad y la califica de temeraria y maliciosa

 

cnjLuego de tres horas de audiencia, el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Richard Villagómez, resolvió  desestimar la causa contra el Presidente de la Republica, Rafael Correa, por supuesto delito de lesa humanidad durante los hechos del 30 de Septiembre del 2010.

Villagómez  también calificó a la denuncia de temeraria y maliciosa, además dispuso a la autoridad competente la desclasificación de la información relacionada con el 30S para que la Fiscalía pueda continuar con las investigaciones.

Durante la audiencia de desestimación Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, solicitó el archivo de la denuncia que presentó Cléver Jiménez, asambleísta de Zamora, entre otros, el 4 de agosto del 2011, acusando a Rafael Correa Delgado, presidente de la República, por presuntamente haber ordenado disparar al Ejército en la noche del 30S en las inmediaciones y en el interior del Hospital de la Policía Nacional.

En su argumentación, el Fiscal General señaló que agotada la investigación, que se realizó por nueve meses,  y analizados los elementos de convicción, “no se encontró la existencia de fundamentos que permitieran deducir una imputación por las conductas punitivas señaladas por los denunciantes, mucho menos un delito penal como es el de lesa humanidad”.

Según los denunciantes, entre los que se incluyen a Fernando Villavicencio, ex sindicalista petrolero, y Carlos Figueroa, dirigente de los médicos de Pichincha, el 30S, cuando el Presidente de la República se encontraba retenido contra su voluntad en el hospital policial, presuntamente ordenó al Ejército que dispare para poder ser liberado, con varios muertes y heridos como resultado de esa acción.

Luego de efectuada la correspondiente investigación, incluida la recepción de decenas de versiones de testigos presenciales de los hechos, la Fiscalía determinó la falta de veracidad de la acusación, razón por la cual se solicitó el archivo de la denuncia.

Como parte determinante de la argumentación fiscal, se incorporó al expediente de esta causa el oficio LIM11/273-CSY/msi del  31 de octubre del2011, suscrito por Cédric Schweizer, jefe de Delegación del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR).

Esta institución, “guardián del derecho internacional humanitario (DIH)”, precisa que sobre la base de criterios técnicos, “ninguno de los incidentes del 30 de septiembre se habrían enmarcado en los ámbitos de aplicación del DIH al no verificarse, precisamente, las condiciones de aplicabilidad de este derecho”.

En este sentido, al margen de eventuales violaciones a otros marcos normativos en las cuales los incidentes del 30S pudieren haber incurrido, “ninguno de ellos habría constituido infracción o violación alguna del DIH y por ende de ninguno de los instrumentos fundamentales de este derecho, tales como los Convenios de Ginebra de 1949”, continúa este oficio con lo cual se descarta un eventual delito de lesa humanidad.

En la audiencia también estuvieron presentes Caupolicán Ochoa, abogado del Jefe de Estado,  y la parte acusadora.