Ciudadano detenido con 10 millones de dólares falsos es sentenciado a un año de prisión


El fiscal Juan Carlos Rivera prepara el caso por tráfico de moneda, antes de la instalación de la audiencia.

Quito, 02 de junio del 2016.- Por el delito de tráfico de moneda, el ciudadano colombiano Oswad L. fue sentenciado a un año de privación de libertad. El fallo fue anunciado la mañana de este 2 de junio del 2016.

Oswad L. es una de las cinco personas detenidas el 20 de mayo del 2016, durante un operativo en el que se detectaron 10 millones de dólares falsos. Su aprehensión se registró mientras cargaban los paquetes, desde el subsuelo de un edificio, ubicado en Quito, hasta un vehículo.

El ahora sentenciado se acogió al procedimiento abreviado, método de juzgamiento en el que la pena se reduce a un tercio de lo normal, siempre y cuando el procesado reconozca su participación en el delito investigado.  

Juan Carlos Rivera, fiscal de la Unidad de Flagrancia de Pichincha y litigante en este caso que se desarrolló ante la jueza Ximena Rodríguez, indicó que se aplicó este procedimiento con base a que el acusado “reconoció que ha estado introduciendo moneda adulterada al mercado ecuatoriano”.

El tráfico de moneda está contemplado en el artículo 304 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y dispone una sanción de uno a tres años de prisión. Es por ello que, con el procedimiento abreviado, la pena de Oswad L. quedó en un año de privación de libertad.

Cabe resaltar que la persona procesada puede solicitar este procedimiento cuando el delito por el que se lo investiga  no supera la pena de 10 años, como lo establece el artículo 635 del COIP.

En cuanto a la situación jurídica del procesado Edgar P., también detenido el 20 de mayo del 2016, su juzgamiento se lo realizará mediante procedimiento directo.

Con la aplicación de este procedimiento, tipificado en el artículo 640 del COIP, se omite la etapa intermedia y se pasa de la audiencia de flagrancia a la de juicio directamente. Esto será en 10 días.

Mientras que los otros tres ciudadanos detenidos quedaron en libertad, pues en la audiencia del pasado 21 de mayo no se calificó la flagrancia, ya que el  criterio jurídico de la juzgadora, Ximena Rodríguez, fue que no se los encontró en acto ilícito.