Caso ‘Nicole’: Fiscalía alcanza sentencia condenatoria para el último de los procesados por el delito de violación


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 056-DC-2024

Caso ‘Nicole’: Fiscalía alcanza sentencia condenatoria para el último de los procesados por el delito de violación


Quito (Pichincha), 12 de enero de 2024.- William Alfonso Ch. Ch., ahora de 28 años, fue sentenciado a treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad. Él participó en la violación grupal –cometida a intervalos por los agresores– con resultado de muerte de Nicole.

La reparación integral fijada por el Tribunal de Garantías Penales de Quitumbe es de 20.000 dólares, que deben ser entregados por el sentenciado a la familia de la víctima.


Durante la audiencia de juzgamiento, Fiscalía demostró que el 7 de noviembre de 2018, durante una reunión de amigos en un domicilio ubicado en Guamaní, en el sur de Quito, el hombre –que para la época era aspirante a bombero– fue uno de los que violó a Nicole, quien a la fecha de los hechos tenía 22 años.

El agresor aprovechó la situación de vulnerabilidad de la mujer, pues la víctima tenía 4,42 gramos de alcohol por litro en su sangre. La joven murió por asfixia por sofocación, como consecuencia de la agresión sexual cometida a intervalos por William Alfonso Ch. Ch. y otros sujetos ya sentenciados en años anteriores.


“El alcohol anula el consentimiento”, enfatizó –una vez más– Fiscalía durante su alegato de cierre. Una persona con 4,42 gramos de alcohol por litro de sangre tiene pérdida del conocimiento, dificultades en su respiración y posibilidad de muerte.

En el mismo sentido reflexionó el Tribunal durante el anuncio de la sentencia condenatoria: una mujer, en estado de inconciencia por la ingesta de alcohol, no puede consentir una relación sexual.


El ahora sentenciado estuvo prófugo de la justicia durante cinco años, hasta su captura en 2023 y su enjuiciamiento en 2024.

Información jurídica

El caso fue investigado según el artículo 171, inciso primero, numerales 1 y 2; e inciso final del mismo artículo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con las agravantes del artículo 47, en sus numerales 5, 9 y 12.

 


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