Alcalde de Bolívar y 4 personas más van a juicio por contratación de insumos con presunto sobreprecio en el contexto de la pandemia por Covid-19
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 356-DC-2021
Portoviejo (Manabí), 15 de abril de 2021.- En audiencia preparatoria de juicio, Fiscalía presentó noventa y seis elementos de convicción recabados en la investigación por presunto peculado contra el alcalde del cantón Bolívar (provincia de Manabí), Walther Ramón C. P., dos funcionarios del Cabildo y dos proveedores, procesados por la compra de insumos de bioseguridad, cabinas de desinfección y kits de alimentos con un supuesto perjuicio al Estado que superaría los 200.000 dólares.
En la diligencia, desarrollada por videoconferencia los días 29 de marzo, 1 y 12 de abril, la fiscal provincial del Guayas, Yanina Villagómez (a cargo de este caso como parte de la Fuerza de Tarea Multidisciplinaria) presentó los elementos de convicción que harían presumir la responsabilidad y participación de los procesados en el delito de peculado.
Entre estos: la denuncia de los concejales del cantón Bolívar, presentada en junio de 2020 en la Fiscalía Provincial de Manabí; los contratos para la adquisición de insumos de bioseguridad y desinfección, de dos cabinas de desinfección y de 10.700 paquetes de kits alimenticios.
Además, se presentaron las pericias documentológicas practicadas por Criminalística de la Policía Nacional y las pericias contables, que incluyen documentos como la cancelación de valores por parte del Cabildo a una empresa proveedora, así como el informe investigativo levantado por la Policía Judicial y el informe técnico pericial de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros.
A esto se sumaron las versiones de los presuntos proveedores que habrían participado, que señalaron no haber remitido proforma alguna y no conocer detalles de las adjudicaciones hechas por el Municipio de Bolívar.
Con estos y otros elementos de convicción, Fiscalía estableció el presunto cometimiento del delito de peculado con participación directa de funcionarios públicos y proveedores en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19.
Fiscalía determinó un aparente perjuicio al Estado por 22.727 en la compra insumos de bioseguridad (mascarillas KN95, químicos de limpieza y desinfección, alcohol antiséptico líquido y gel, cloro, guantes quirúrgicos, jabón líquido y otros); por 4.309,76 dólares en la adquisición de dos cabinas de desinfección, y por 109.080 dólares y 83.325 dólares en la compra de 7.200 y 5.500 kits alimenticios, respectivamente, de asistencia humanitaria para atención de la población.
En la audiencia, la fiscal Yanina Villagómez emitió su dictamen acusatorio contra todos los procesados. El Presidente de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, Alfredo Pinargoty Alonzo, acogió en parte el pedido fiscal y dictó auto de llamamiento a juicio contra Walther Ramón C. P., alcalde de Bolívar; Johnnya Esperanza B. M., directora financiera del Cabildo; César S. G., tesorero y jefe de Compras Públicas (e); y, Sergia Carlota B. R. y Boris Hamilton I. F., proveedores.
A todos les confirmó las medidas cautelares de presentación semanal ante la autoridad competente, la prohibición de salida del país y la enajenación de sus bienes, medidas dictadas en las audiencias de formulación de cargos y vinculación, del 22 de septiembre y 18 de diciembre de 2020, respectivamente.
Mientras que para Silvio L. M., director de Servicios Públicos del Municipio; Gema T. Z., ayudante de Servicios Administrativos; Nory V. D., directora de Desarrollo Social y Económico; Raúl P. P., director Administrativo; Manuel C. F., secretario; y, Cleyton Z. Z., proveedor de kits alimenticios; dictó auto de sobreseimiento.
Dato jurídico
Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 278, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP): los servidores y las personas que actúan en virtud de una potestad estatal, en beneficio propio o de terceros, abusen, se apropien, distraigan o dispongan arbitrariamente de bienes muebles o inmuebles, dineros públicos o privados, serán sancionados con pena privativa de libertad de diez a trece años.
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