A 34 años de prisión fue sentenciado un ciudadano por asesinar a su expareja

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 En el Complejo Judicial del Norte se desarrolló la audiencia de juicio contra Andrés P., de 22 años.

Quito, 8 de febrero del 2017.- Andrés P., de 22 años, recibió 34 años y 8 meses de privación de libertad por la muerte de su exnovia E.J., de 20 años de edad. Además deberá pagar 1.000 salarios básicos unificados como multa y una reparación integral de 10.000 dólares a la familia de la víctima.

El fallo se anunció en audiencia de juicio, desarrollada durante la mañana y tarde del 7 de febrero de 2017. Eduardo Estrella, fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género (UEVG) acusó en este caso y presentó pruebas por el delito de femicidio, debido a la muerte de la víctima sucedida con un arma cortopunzante.

Una de estas pruebas fue el testimonio de la perito de entorno social, quien explicó que la relación de poder se da, entre otras aristas, por el hecho de ser  hombre – mujer y que, en este contexto, el victimario aprovechó esta relación y también de la confianza que existía entre los dos.

Además el médico legista, en su testimonio, determinó que las heridas fueron de arriba hacia abajo, es decir, en relación de poder.

Sin embargo, al momento de anunciar la sentencia, el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, presidido por la juez Anabel Tapia, cambió el tipo penal al delito de asesinato, basándose en que no se demostró la relación de poder porque no habrían existido agresiones anteriores.

El delito de Andrés

Los hechos sucedieron en la mañana del 7 de marzo de 2016. La joven, que fue estudiante universitaria, murió en su departamento, tras recibir 28 puñaladas propinadas por su expareja.

Una vez consumado el hecho, Andrés P. tomó el teléfono celular de ella, las llaves del departamento y la tarjeta electrónica que activaba el ascensor para salir del edificio.

Luego fue hacia los baños públicos del parque Bicentenario para deshacerse de las pertenencias de la víctima.

El cuerpo de la joven fue encontrado por sus padres, horas más tarde de la muerte. Al denunciar el hecho y buscar entre la gente conocida de su hija, llamaron a su expareja quien les confesó haber cometido el delito y los llevó hasta el lugar donde tiró las cosas de E.J.

El femicidio está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal, dice que: la persona que, como resultado de las relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por su condición de género o por el solo hecho de serlo, será sancionada con privación de libertad de 22 a 26 años.