Se ratifica primera sentencia por secuestro extorsivo en Zamora Chinchipe


La Fiscalía de Zamora Chinchipe logró que se ratifique la primer sentencia obtenida por el delito de secuestro extorsivo a un adolescente en Zumba.

Zamora Chinchipe, 27 de julio del 2016.- La sentencia de 34 años y 4 meses de pena privativa de libertad en contra de Walter A., por el delito de secuestro extorsivo a un adolescente en Zumba, fue ratificada por la Sala de la Corte de Justicia de Zamora Chinchipe. Esta es la primera sentencia por este delito tipificada y juzgada en esta localidad con el Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente desde agosto del 2014.    

En la audiencia de apelación a la sentencia, desarrollada la mañana del miércoles 27 de julio, los jueces dispusieron que además el sentenciado pague una multa de 50 mil dólares como parte de la reparación integral a los familiares de la víctima.

Además,  el núcleo familiar del adolescente recibirá durante dos años el tratamiento psicológico para superar las afectaciones emocionales.

De esta forma se ratificó la sentencia condenatoria emitida en abril del presente año, por el Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Zamora Chinchipe.

Durante la audiencia, el fiscal Romel Jumbo expuso que el sentenciado, en complicidad con dos ciudadanos peruanos, habrían abordado en su motocicleta al adolescente a pocos metros de su vivienda, para luego trasladarlo hasta Perú.

Luego del secuestro, los victimarios procedieron a realizar varias llamadas telefónicas a familiares y conocidos del adolescente,  solicitándoles la cantidad de 100 mil dólares por el rescate.

Después de 35 días, se encontró el cuerpo sin vida del joven, oculto en un saco que fue lanzado al río ubicado en el sector Toldo, de la provincia de Ayabaca, en Perú.

Entre las pruebas presentadas por Fiscalía constan el informe de triangulación y receptación de llamadas, en las cuales el sentenciado confesó a su conviviente haber asesinado al adolescente.

Además, el informe del análisis de ADN en la que se comprobó que se trataba del secuestrado, la autopsia que indicó que el fallecido habría recibido maltrato físico, por lo que se consideró como muerte violenta.

Dato:

El sentenciado fue procesado basado en los artículos 162 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el secuestro extorsivo y lo sanciona con pena privativa de libertad de 10 a 13 años de privación de libertad.