Tres jueces provinciales de Loja fueron notificados para inicio de juicio


La audiencia de evaluación y preparatoria de juicio se desarrolló el pasado 3 de junio en la Corte Nacional de Justicia.

Quito, 21 de junio del 2016.- La Fiscalía General del Estado recibió la notificación por escrito del auto de llamamiento a juicio contra Francisco S., Wilson R. y Wilson C., jueces de la Corte Provincial de Justicia de Loja, como presuntos autores de prevaricato.

La notificación fue emitida por la conjueza nacional, Zulema Pachacama, cuya resolución oral la dio a conocer el pasado 3 de junio, tras finalizar la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, realizada en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), por el fuero que ostentan los procesados.

En la diligencia, Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado,  explicó que en abril del 2015, Francisco S., Wilson R. y Wilson C., integrantes de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Loja, resolvieron el recurso de apelación a la sentencia interpuesto por cinco ciudadanos.

Estas cinco personas eran administradores y funcionarios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CACPE Macará, sentenciados por peculado bancario, por el Tercer Tribunal de Garantías Penales de Loja.

Los tres jueces declararon la nulidad de todo el proceso a partir de la instrucción fiscal. Pues, según ellos, antes de formular cargos, se requiere de un informe de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), como requisito de procedibilidad.

Pero, tiempo atrás, dentro de la misma causa, los jueces Wilson R. y Wilson C.,  integraron el Tribunal que conoció el recurso de nulidad al auto de llamamiento a juicio, interpuesto por los procesados. Aquella vez rechazaron el recurso y ratificaron la validez de la causa, a pesar de que los procesados alegaron el mismo fundamento.

En esa oportunidad señalaron que existe una Resolución de la Corte Nacional publicada en el Registro Oficial No. 336, del 8 de diciembre del 2010, en la que se aclara que no es necesario contar con el informe de la SEPS.

Según la Fiscalía, los tres jueces de la Corte Provincial de Loja declararon la nulidad del proceso penal por no contar con un informe previo de la SEPS. Es decir, procedieron contra ley expresa, pues a esa fecha estaba vigente la resolución de la CNJ del 2010, que aclaraba que para casos de delitos financieros no se requiere de este documento. Además, sobre este hecho ya habían resuelto cuando conocieron el recurso de nulidad al auto de llamamiento a juicio.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la Fiscalía presentó varios elementos de convicción: versiones, informe pericial de audio, video y afines, así como copias certificadas del auto de llamamiento a juicio, de la resolución dictada dentro del recurso de nulidad al auto de llamamiento a juicio y el fallo dictado contra los cinco sentenciados por peculado bancario, entre otros.