La Fiscalía Provincial de Pichincha impulsa la descongestión de causas represadas


Thania Moreno, fiscal Provincial de Pichincha, analiza la estrategia para la descongestión de causas represadas. 

Quito, 14 de junio del 2016.- Por gestión de la fiscal Provincial de Pichincha, Thania Moreno Romero, ante Gustavo Jalkh, presidente del Consejo de la Judicatura (CJ),  dos jueces de garantías penales tendrán competencias exclusivas para conocer y resolver las causas represadas en la Fiscalía Provincial de Pichincha.

La Resolución del  Pleno del Consejo de la Judicatura No. 091-2016, publicada el Registro Oficial No.774 el 13 de junio del 2016  -que entrará en vigencia siete días después de esta fecha- determina que los jueces de los exjuzgados Vigésimo Noveno y Trigésimo de Garantías Penales de Pichincha continúen con la descongestión de causas al resolver solicitudes de desestimaciones, prescripciones y archivos.

Así también seguirán con el despacho de pedidos de destrucción de droga, actos urgentes y testimonios anticipados, requeridos por la Fiscalía Provincial de Pichincha, lugar donde se encuentran las oficinas de los jueces.

Para la Fiscal Provincial, Thania Moreno,  con esta gestión se descongestionarán las unidades operativas, como Soluciones Rápidas y Patrimonio Ciudadano, con lo que se dará prioridad a las causas activas, brindando un mejor servicio al usuario de la Fiscalía Provincial de Pichincha.

El artículo 586 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) referente al archivo de causas, determina que “transcurridos los plazos señalados, de no contar con los elementos necesarios para formular cargos, la o el fiscal en plazo de 10 días solicitará el archivo del caso, sin perjuicio de pedir su reapertura cuando aparezcan nuevos elementos siempre que no prescriba la acción”.

El Fiscal pide el archivo de una causa, según el mismo artículo de ley, cuando el plazo para la investigación se termina sin obtener elementos suficientes para  la formulación de cargos; cuando un hecho en investigación no constituye delito y cuando existen obstáculos legales insubsanables, por ejemplo, si la denuncia es por asesinato y en las investigaciones se determina suicidio.

Según el art. 585 del COIP en los delitos sancionados con una pena de hasta cinco años la investigación previa para la formulación de cargos durará un año. Si el delito tiene una sanción de más de cinco años, la investigación previa durará dos años.