Fiscalía presenta prueba testimonial en juicio por lavado de activos en caso Pifo Gardens


En el segundo día de audiencia de juicio del caso Pifo Gardens, el Fiscal Luis Sanchez receptó los testimonios de 10 testigos.

Quito, 11 de febrero del 2016.- La compañía Pifo Garden habría enviado más de 23 millones de dólares a tres paraísos fiscales para la supuesta compra de acciones comerciales en el 2012. Los recursos serían producto de las transacciones realizadas por el Sistema Único de Compensación Regional (SUCRE) entre Venezuela y Ecuador.

Así lo explicó el testigo 13, de los 31 convocados  por la Fiscalía, en el segundo día  de audiencia de juzgamiento por el delito de lavado de activos que se desarrolla en el Tribunal Tercero de Garantías Penales de Pichincha. 

Los tres acusados: Byron P., José S. y Ximena C., se presentaron a la diligencia, mientras que ocho personas implicadas en este caso se encuentra  prófugas.

Los hechos hacen referencia a que en el 2012 la compañía Pifo Gardens habría realizado 48 transacciones por la exportación de carbonato de calcio de un valor de 12 centavos de dólar por kilo a 1.000 dólares, es decir, con sobrevaloración  de más de 16 millones como ganancias netas.

Uno de los testigos manifestó que de las investigaciones realizadas por la Fiscalía, la compañía Pifo Gardens no registró importaciones de materia prima o de abonos agrícolas según la actividad comercial registrada en el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Mientras, otro de los testigos refirió en su testimonio que el procesado José S., era accionista de cuatro empresas ‘de papel’  con al menos el 50 % del total de las acciones con las que fueron constituidas.

Fiscalía sustentó el caso con base en la presentación de informes del Servicio de Rentas Internas (SRI), Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), Unidad de Análisis Financiero (UAF), Banco Central del Ecuador (BCE) y la Unidad de Lavado de Activos de la Policía Nacional, quienes aportaron con información dentro de las investigaciones.

En este caso existen tres acusados, luego de que en la audiencia de apelación a la sentencia, realizada en mayo del 2014, se declaró la nulidad del proceso hasta la audiencia de juicio. Por esta razón volvió a los Tribunales de Garantías Penales.

Datos:

El delito de lavado de activos se encuentra tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y establece una pena privativa de seis a nueve años.

Se llama Sistema Único de Compensación Regional (SUCRE) a la unidad de cuenta virtual común usada para las operaciones comerciales de los países de la Alianza Bolivariana para las Américas, más Ecuador.