Fiscalía capacita a funcionarios sobre normas generales ante proceso de donación de órganos


El fiscal General Galo Chiriboga inauguró oficialmente el seminario en Guayaquil

Guayaquil, 18 de agosto del 2015.-  Como parte del trabajo conjunto entre la Fiscalía y el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDOT), el 18 y 19 de agosto se imparte en Guayaquil el seminario sobre el trasplante de órganos, dirigido a 100 funcionarios, entre fiscales y médicos legistas.

Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, inauguró este evento de capacitación que tiene por objetivo fortalecer el conocimiento de la Ley Orgánica de Donación de Órganos, Tejidos y Células.  

En su intervención, Chiriboga Zambrano destacó la relevancia de la mencionada ley,  así como de la Directriz  para la actuación de los fiscales de turno referente al procedimiento de donación y trasplante de órganos, tejidos y células, elaborada por la Fiscalía. Este es un instructivo que deben conocer los fiscales para actuar ante una notificación de donación de órganos.

El Fiscal General indicó que los médicos, en su práctica laboral diaria se enfrentan a hechos o situaciones de muerte violenta, por lo que es importante que  conozcan la terminología médico-legal con respecto a estas circunstancias.

Chiriboga Zambrano explicó que los médicos deben detectar y certificar oportunamente la muerte cerebral de la persona para proceder a la extracción de los órganos, tejidos o células, según estipula el artículo 42 de la Ley Orgánica de Donación de Órganos, Tejidos y Células, siempre y cuando no interfiera en los resultados de la autopsia.

Resaltó el hecho de que cuando una persona dona un órgano por voluntad previa,  el paciente receptor tiene una mejor calidad de vida, lo que demuestra un acto de solidaridad.


Wilson Merino, director de Gestión Procesal de la Fiscalía, fue uno de los capacitadores del evento

Por su parte Wilson Merino, director de Gestión Procesal de la Fiscalía General, explicó a los asistentes sobre la aplicación de esta directriz. El funcionario hizo hincapié en que desde el 2011, fecha en que entró en vigencia la Ley Orgánica de Donación de Órganos, Tejidos y Células, todos los ecuatorianos mayores de 18 años, son donantes de órganos y tejidos, salvo que en vida hubieran expresado lo contrario.

Así también, Paula Vernimmen, asesora de la Fiscalía General, expuso que todo el sistema de donación de órganos se activa en el Ministerio de Salud desde el momento en que llegan a un hospital personas víctimas de algún delito o que fallecieron de manera violenta, esto es por suicidio, accidente u homicidio. Enfatizó que el proceso de trasplante inicia únicamente cuando se produce la muerte encefálica del  paciente que llegue con ese diagnóstico.

Es por ello, que el INDOT tiene un protocolo para determinar la muerte encefálica, el cual es seguido por médicos especializados, como neurólogos, neurocirujanos, médicos intensivistas, emergenciólogos, etc, que trabajan en las sedes de Guayaquil, Quito y Cuenca.

“El INDOT detecta si se trata o no de un posible donante, no solo clínicamente sino legalmente, puesto que ellos tienen acceso al Registro Civil y confirman si ha expresado su voluntad o no de ser donante”, dijo Vernimmen.

En ese momento se notifica al fiscal de turno, vía e-mail o por teléfono, que hay un potencial donante y que se va a iniciar un proceso de trasplante. Luego, el INDOT ubica a escala nacional a la persona que requiere de urgencia el órgano, tejido o células, para realizar la operación.

Vernimmen explicó que una persona, al fallecer puede donar órganos como riñones, hígado, corazón, pulmones, páncreas; tejidos como córneas, válvulas cardíacas, piel, hueso y tendones. Para ello, añadió la funcionaria, se efectúa un análisis médico para establecer la compatibilidad y descartar enfermedades del donante.

Después que se practica la operación, los técnicos del INDOT envían nuevamente a la Fiscalía un informe detallando qué órganos o tejidos se extrajeron, para de ahí proceder con la autopsia médico legal.

Según esta directriz, la unidad médica debe entregar a la Fiscalía la documentación que consta en el artículo 14 de la Ley Orgánica de Donación de Órganos, Tejidos y Células que consiste en la certificación de muerte encefálica, el formulario de valoración de donante calavérico, la notificación de la voluntad, en el caso de menores de edad, la autorización respectiva, la notificación a la Fiscalía y el informe de extracción en el que se describe el estado de cada uno de los órganos o tejidos extraídos.

Paúl Ponce, fiscal Provincial del Guayas, indicó que con la aplicación de esta ley, se estableció un registro tanto de donantes como de los receptores, además de fijar procedimientos de entrega más claros, en su afán de evitar delitos como el tráfico de órganos, tráfico de personas, etc.