Fiscalía General alcanzó acción extraordinaria de protección en caso de peculado

Quito, 28 de julio de 2015.- La Corte Constitucional (CC) aceptó la acción extraordinaria de protección planteada por Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, contra la sentencia emitida el 24 de enero del 2012,  por la Primera Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), en el caso de peculado en el Banco del Austro S.A.

El fallo de CNJ,  impugnado por la Fiscalía ante la CC, redujo  de ocho a cuatro años de prisión la pena inicialmente impuesta por el Tribunal Tercero de Garantías Penales del  Azuay, el 13 abril del 2011,  a Priscila V., Carla A. y Jorge P.,  por considerarlos autores de peculado bancario.

La Sala Penal de la CNJ también cambió el tipo penal de “peculado bancario”, por el que acusó la Fiscalía, al de “apropiación indebida”.

La CC en su resolución escrita, al referirse a esta sentencia de la CNJ, manifiesta que “no se sabe cuáles fueron las razones o motivos que tuvieron para concluir cambiando la sanción y el tipo penal de los sentenciados. Lo hicieron sin un análisis previo que justifique la conclusión a la que arribaron, esto es, al delito de apropiación indebida”.

Por lo que declaró vulnerado el derecho constitucional al debido proceso ya que la Sala Penal de la CNJ no “motivó la sentencia”, es decir, faltó un análisis más exhaustivo. Por esta razón aceptó la acción extraordinaria de protección planteada por la Fiscalía.

Finalmente, el fallo de la CC dispone que el expediente de este caso sea devuelto a la CNJ para que, por sorteo se conforme el Tribunal  que “resuelva lo correspondiente en atención a lo establecido en esta sentencia”.

Las investigaciones fiscales por este caso se realizaron a partir de la denuncia de Roberto Clemente Tamariz, representante legal del Banco del Austro S.A, en la que alertó sobre un presunta defraudación de dineros a varios clientes de la sucursal del banco, en el cantón Paute, provincia de Azuay.

Durante el proceso la Fiscalía demostró que Carla A., quien se desempeñaba como supervisora de cajas en el banco, dispuso al cajero Jorge E. realizar el “movimiento fraudulento” del dinero con el visto bueno de  Priscila V.