Inmuebles, vehículos y ganado se incautó en operativo antilavado de activos en Chimborazo
Riobamba, jueves 2 de abril del 2015.- 22 bienes inmuebles, tres vehículos, un tractor, cabezas de ganado, dinero y documentos fueron incautados durante el operativo ‘Los Andes’, realizado la mañana y tarde de este jueves 2 de abril.
Este operativo liderado por la Fiscalía se ejecutó en los cantones de Riobamba, Chambo, Penipe y Guano, provincia de Chimborazo. Además se replicó en los cantones de Loreto y Coca, provincia de Orellana.
Durante el operativo se allanaron inmuebles ubicados tanto en la zona urbana como rural. La confiscación del tractor y del ganado se hizo en diferentes fincas, que servirían para el lavado de activos.
En esta diligencia participaron 12 fiscales y personal de la Unidad Antilavado de Activos de la Fiscalía General. Estuvieron respaldados por agentes de Criminalística, Grupo de Operaciones Especiales (GOE), Policía Judicial (PJ), Grupo Especial Móvil Antinarcóticos (GEMA), Inspección Ocular Técnica (IOT) y de la Unidad de Lavado de Activos (ULA), de la Policía Nacional.
Según el fiscal George Sotomayor, las investigaciones por este caso se iniciaron el 26 de noviembre del 2014, a partir del allanamiento a un domicilio donde fueron decomisados alrededor de 1’900.000 dólares.
Se presume que este dinero provendría de actividades ilícitas generadas por empresas ficticias, dedicadas, presuntamente, al alquiler de vehículos, maquinarias de soldadura para empresas petroleras en la Amazonía, entre otras.
Por este caso se derivaron dos procesos: uno de estos es por lavado de activos. Dos personas fueron detenidas la tarde 1 del abril del 2015 y en las próximas horas se realizará la audiencia de formulación de cargos
El otro es por enriquecimiento privado no justificado. En este caso, la audiencia de juzgamiento está prevista para el martes 14 de abril en contra de María B. y Germán H., este último prófugo de la justicia.
Datos:
El delito de lavado de activos se encuentra tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que contempla una pena de hasta 13 años de pena privativa de libertad.
El delito de enriquecimiento privado no justificado está tipificado y sancionado en el artículo 297 del COIP. Establece una pena privativa de libertad de tres a cinco años.