Tribunal niega recurso de nulidad de sentencia por peculado en Municipio de Riobamba

Riobamba, 18 de febrero de 2015.- El Tribunal de la Corte Provincial de Justicia  de Chimborazo rechazó el pedido de nulidad de la sentencia condenatoria de hasta 12 años de reclusión mayor ordinaria, que presentaron 24 procesados en el delito de peculado del Municipio de Riobamba.

La diligencia se inició la mañana de este miércoles 18 de febrero en la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo.  Allí se analizó el pedido de nulidad que fuera negado y en la tarde, el Tribunal, presidido por el juez Víctor Huilca, debatió el recurso de apelación. A las 17:00 se decidió suspender la audiencia y reinstalarla el jueves 19 de febrero, a las 08:30.

En abril del 2014, la Sala Penal de la Corte de Chimborazo sentenció a 27 personas, por considerarlas responsables del delito de peculado tras desviar 13 millones de fondos del Municipio riobambeño a cuentas particulares.

Entre ellos constan Juan S. y Mario C., exalcalde y extesorero del Cabildo riobambeño respectivamente. Ellos cumplen como autores una pena de ocho años de reclusión, establecida considerando atenuantes como certificados de buena conducta y otros.

14 ciudadanos fueron sentenciados en calidad de autores a 12 años de reclusión mayor ordinaria y 9 personas a 8 años de reclusión mayor ordinaria.

Mientras que en el grado de cómplices fueron condenados 4 ciudadanos a 6 años de reclusión mayor ordinaria.

Así también declaró la inocencia de tres procesados al no encontrar pruebas en su contra.

En la audiencia de juzgamiento, el fiscal provincial de Chimborazo, Diego Andrade, quien lleva la causa por el fuero de Corte que ostenta el exAlcalde, expuso las pruebas testimoniales, documentales y materiales, mediante las cuales se demostró que los procesados  cometieron el delito de peculado.

Entre estas pruebas constan informes de Contraloría, peritajes contables y de reconocimiento de lugar, pericias a los sistemas informáticos del Banco Central del Ecuador y a los equipos informáticos incautados por la Fiscalía.

Además, Fiscalía presentó los testimonios de peritos que realizaron las experticias y testigos de varias instituciones como la Contraloría General del Estado, quienes hicieron la auditoría y establecieron indicios de responsabilidad penal.

Dato:

Este caso lleva de acuerdo con el artículo 257 del Código Penal anterior y que tipifica el delito de peculado está tipificado.

El 20 de junio del 2014, la Sala Penal de la Corte Provincial de Chimborazo notificó por escrito el fallo emitido contra 27 procesados en el caso del desvío de fondos del Municipio de Riobamba.