2 procesados por tenencia y porte no autorizado de armas, y almacenamiento ilegal de combustibles, luego de un operativo en la frontera con Perú


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1195-DC-2024

2 procesados por tenencia y porte no autorizado de armas, y almacenamiento ilegal de combustibles, luego de un operativo en la frontera con Perú


Zapotillo (Loja), 25 de octubre de 2024.- La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra dos ciudadanos en causas separadas: uno por tenencia y porte no autorizado de armas, y el otro por almacenamiento ilegal de combustibles.

En audiencias individuales, se dispusieron medidas cautelares de presentaciones periódicas y prohibición de salida del país para ambos procesados, quienes serán juzgados mediante procedimiento directo.


A través de información reservada, agentes de Policía identificaron indicios de un posible delito de contrabando, lo cual permitió al Fiscal del caso gestionar la autorización para allanar un inmueble ubicado cerca de la frontera con Perú.

Durante el operativo, los agentes encontraron a César R. en posesión de un arma de fuego, por lo que fue aprehendido. En la revisión del inmueble se hallaron además 12.526,65 dólares, 21.166,30 soles peruanos, cinco teléfonos móviles y dos computadoras portátiles.


Asimismo, en una bodega de la propiedad se descubrieron veinte cilindros de gas, diez canecas llenas de combustible y diecisiete jabas de cerveza de origen peruano, motivo por el cual el propietario del inmueble, Mario R., también fue aprehendido.


Para sustentar el inicio del proceso penal contra César R. por tenencia de armas, Fiscalía presentó el parte policial de aprehensión, la pericia balística del arma incautada y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos. En el caso de Mario R., el Fiscal presentó el parte policial informativo y de aprehensión, las versiones de los agentes que participaron en el procedimiento, el acta de levantamiento de evidencias y otros documentos relacionados con el presunto delito.


Información jurídica

El delito de tenencia y porte no autorizado de armas está tipificado en el artículo 360 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), mientras que el almacenamiento ilegal de combustibles, en el artículo 264 del mismo cuerpo legal.

 


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