Caso Metástasis: en procedimiento abreviado, Daniel Josué S. B. es el décimo sentenciado por delincuencia organizada
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 870-DC-2024
Caso Metástasis: en procedimiento abreviado, Daniel Josué S. B. es el décimo sentenciado por delincuencia organizada
Quito (Pichincha), 30 de julio de 2024.- En una audiencia de procedimiento abreviado, Daniel Josué S. B. aceptó su participación en el delito de delincuencia organizada, por lo que el Juez de la Corte Nacional de Justicia que lleva la causa lo sentenció a cuarenta meses de pena privativa de libertad, en calidad de autor directo.
El Magistrado también dispuso el pago de una multa de doce salarios básicos unificados (5.520 dólares) y de 11.040 dólares como reparación material.
Durante la audiencia, el fiscal general del Estado (s), Wilson Toainga, presentó veintidós elementos de convicción contra Daniel Josué S. B., evidenciando su autoría directa en el delito atribuido.
Según la investigación, la colaboración del imputado con la organización criminal fue la planificación de estrategias ilegítimas, cuyo propósito era obtener la libertad de Leandro Norero (+), a través del ofrecimiento de sobornos a operadores de justicia.
La aceptación de los hechos delictivos por parte de Daniel Josué S. B. corroboró su participación en el delito imputado, fortaleciendo la teoría de la Fiscalía sobre la comisión del delito en esta causa.
Daniel Josué S. B. tiene otras sentencias en su contra: 13 años por peculado (ratificado en apelación) y 13 años por lavado de activos (dictado por la Corte Nacional al aceptar el recurso de casación de la Fiscalía). Además, fue procesado por fraude procesal y por el delito de ingreso de artículos prohibidos a un centro de privación de libertad.
Actualmente, se encuentra procesado en otra causa por delincuencia organizada, relacionada con la comercialización irregular de insumos médicos.
Información jurídica
Daniel Josué S. B. fue sentenciado por el delito de delincuencia organizada, tipificado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Su pena se redujo al acogerse al procedimiento abreviado, tipificado en los artículos 635 y 636 del mismo cuerpo legal.
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