Condenado por el abuso sexual perpetrado contra una niña de 8 años


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 662-DC-2024

Condenado por el abuso sexual perpetrado contra una niña de 8 años


Naranjal (Guayas), 06 de junio de 2024.- Con base en el testimonio anticipado a la víctima y el de su madre, más otras pruebas periciales y documentales, el Tribunal Penal que conoció la causa dictó sentencia de trece años y cuatro meses de prisión para Darwin Ernesto R. A., como autor del abuso sexual perpetrado contra una niña de 8 años, hija de su conviviente.

El hecho ocurrió en Naranjal, el 26 de mayo de 2023.


En audiencia de juzgamiento, desarrollada en la Unidad Judicial Multicompetente de Durán (por ser su jurisdicción) el Fiscal del caso presentó como pruebas: los informes investigativos elaborados por la Policía Judicial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, la valoración médica psicológica y la denuncia presentada por la madre de la víctima.

Además, Fiscalía solicitó la comparecencia de nueve testigos, entre agentes investigadores y aprehensores, médicos peritos y psicólogo. A estos se sumó el testimonio anticipado de la víctima.


Con las pruebas presentadas, Fiscalía destruyó el estado de inocencia del procesado ante los hechos narrados en la denuncia –presentada por la madre y la víctima–, pues fueron concordantes con los resultados obtenidos en las diferentes pericias.

El Tribunal Penal acogió en su totalidad las pruebas presentadas y –por unanimidad– dictó la sentencia condenatoria –en el grado de autor– contra Darwin Ernesto R. A., imponiéndole el pago de una multa de cuarenta salarios básicos unificados (18.400 dólares) y de 10.000 dólares como reparación integral a la víctima.


Ante el pedido de Fiscalía, los jueces dispusieron tratamiento psicológico a favor de la afectada y de su madre, en una institución de salud pública de esta ciudad.

Contexto

La madre de la agraviada presentó la denuncia en Fiscalía al día siguiente de los hechos: narró que el agresor –padrastro de la infante– habría aprovechado que ella salió de viaje y que su hija estaba sola en la vivienda para cometer el delito.


La madrugada del día de los hechos, el ya sentenciado habría procedido a agredirla sexualmente, tras haberla amenazado con que la golpearía si gritaba.

La agredida aprovechó un descuido de su agresor y se encerró en su dormitorio para llamar a su progenitora, quien llamó a la Policía para que acuda y asista a su hija, y regresó en el lapso de unas horas a la vivienda.


El agresor fue aprehendido por los agentes, que lo trasladaron a la Unidad Judicial.

Fiscalía –horas después– le formuló cargos en audiencia de flagrancia, en la que se le dictó prisión preventiva.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 170, inciso segundo, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), más la agravante dispuestas en el artículo 48, numeral 5, del mismo cuerpo legal, que incrementa hasta en un tercio la pena impuesta.

 


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